REFORMA ELECTORAL

¿En qué consiste el plan B de la reforma electoral de AMLO?

El secretario de Gobernación, Adán Augusto López entrego en la Cámara de Diputados el "plan B" de la reforma electoral

Créditos: Cuartoscuro
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Limitar el sueldo de consejeros electorales, eliminar áreas del Instituto Nacional Electoral (INE) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), limitar las funciones de este a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y replantear los criterios para anular una elección presidencial, son parte de los temas que aborda el plan B de reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador y Morena.

En general este es en contenido que expuso el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, a legisladores de Morena y partido del Trabajo y Verde. Dicho plan se compone de dos iniciativas. La primera abarca modificación a leyes electorales secundarias como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la otra a la Ley General de Comunicación Social.

El documento de más de 300 cuartillas se divide en varios temas.

El primero se enfoca al ejercicio de derechos políticos electorales donde precisa sanciones a quienes condicionen la compra del voto con dadivas, bienes y servicios, entre otros.

También garantiza el voto a personas en reclusión,  con discapacidad y residentes en el extranjero.

Abarca también normas en materia de paridad de género en representación de órganos colegiados electorales.

Específicamente, al Instituto Nacional Electoral (INE) y Tribunal Electoral plantea que habrá limitaciones a lo que llamó "acciones arbitrarias por interpretación" a la ley bajo diferentes criterios. Consideró que eso "ha limitado la libertad de expresión, los derechos políticos electorales y la autodeterminación de partidos políticos".

Además propone obligar al INE a eliminar 2 de sus fideicomisos para devolver ese dinero al erario.

En caso de el Morena no pueda modificar a nivel constitucional la estructura del INE, esta iniciativa propone modificar su estructura orgánica así como de los Oples.

 Propone que los órganos distritales pasen a tener únicamente a funciones temporales en periodo no electoral. Elimina el servicio profesional electoral y la franquicia telegráfica.

También modifica el PREP (programa de resultados electorales preliminares) y propone su transmisión en tiempo real en el transcurso de una jornada electoral.

Limita el salario de consejeros electorales y magistrados para que no rebasen el salario del presidente de la República.

En materia de justicia electoral la iniciativa señala que actualiza y moderniza el sistema de medios de impugnación. Propone que algunos de estos se manejen en modo virtual (en línea) y elimina 2 salas regionales.

Suprime también la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral y propone que éstas pasen a ser parte de la Sección Resultoría de la Sala Superior del TEPJF.

Señala además que este acatará resoluciones de la Suprema Corte de Justicia y que no podrá intervenir en ellas.

La iniciativa también propone que puedan ser anuladas elecciones sólo si hay violaciones al artículo 41 constitucional y refiere que estas deberán acreditarse "de manera objetiva y material", sin ofrecer detalles específicos del término

También advierte que si la diferencia entre primer y segundo lugar de una elección es menor al 5 %, se presumirá que hubo violaciones determinantes.

En caso de nulidad de elección plantea convocar a una elección extraordinaria "en la que no podrá participar el actor político sancionado".

En caso de nulidad de elección a diputados y senadores señala que el Tribunal Electoral podrá hacerlo solo sí hubo violaciones acreditadas durante la jornada electoral "y se demuestre que éstas fueron plenamente determinantes para el resultado de la elección".

En el caso de la elección presidencial propone que sean causales de nulidad solo hay irregularidades en el 25 % de las casillas instaladas a nivel nacional; o bien, si no se instala el 25 % de casillas. "O cuando la persona candidata ganadora de la elección resulte inelegible". Sin embargo la iniciativa no precisa a qué se refiere el término de inelegible y en qué características debe basarse.