AGUINALDO

Estas son las multas que recibirá tu patrón si no pagó aguinaldo; ¿qué hacer?

Si no recibiste tu aguinaldo como parte de tus prestaciones laborales debes saber que hay sanciones para tu patrón

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El pasado  martes 20 de diciembre de 2022 se venció el plazo para el pago del aguinaldo, por lo que si no recibiste esta prestación laboral, hay varias cosas que puedes hacer y tu empleador se puede hacer acreedor de una multa de hasta 5 mil  salarios mínimos. 

¿Cuáles son las sanciones que pueden hacerle al patrón si no pago aguinaldo?

De acuerdo con la información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el pago del aguinaldo en 2022, según la ley vigente, “aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón”.

Esto incluye a los empleados de base, de confianza, de planta, sindicalizados, los contratados por obra, por tiempo determinado, por temporada; por tiempo indeterminado y sujeto a prueba o capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros similares.Si tú perteneces a este grupo de trabajadores, toma cartas en el asunto y exige tus derechos laborales.

Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.

En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa. En este caso, el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo.

La Profedet apunta que en caso de que los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que oscila entre los 18 mil 260 y los 365 mil 200 pesos, conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa y de acuerdo a la competencia determinada por la Ley Federal del Trabajo, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), misma que tiene la obligación de brindar asesoría legal, gratuita y personalizada. Para recibir asesoría, puedes comunicarte con la Profedet a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877; o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

¿Qué trabajadores no tienen derecho a aguinaldo?

Sin embargo, los trabajadores que no tienen derecho al pago de aguinaldo son aquellas personas que laboran y son remuneradas bajo el esquema de honorarios. Esto incluye a los que no cumplen actividades atenidos a un horario legal; o en general, subordinados a la instrucción de algún superior al momento de realizar sus tareas.