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¿Te acusaron con pruebas falsas? Aprueban juicios de nulidad en Edomex

La aprobación de la nulidad de juicio concluido representa un avance en la protección de derechos, al ofrecer una vía legal para corregir fallos obtenidos mediante prácticas indebidas.

La reforma impulsada por Héctor Macedo, presidente del Poder Judicial del Estado de México
La LXII Legislatura mexiquense aprobó incorporar este mecanismo legal.La reforma impulsada por Héctor Macedo, presidente del Poder Judicial del Estado de MéxicoCréditos: @CongresoEdomex
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El Congreso del Estado de México aprobó una reforma que permite anular sentencias definitivas cuando se compruebe que el juicio se realizó con fraude, colusión o pruebas falsas, incorporando por primera vez esta figura de manera expresa en el Código Civil local.

La LXII Legislatura del Congreso del Estado de México avaló la incorporación de la llamada acción de nulidad de juicio concluido, un mecanismo legal que permitirá impugnar resoluciones judiciales firmes cuando existan violaciones graves al debido proceso.

La reforma, impulsada por Héctor Macedo García, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, establece que esta figura tendrá carácter excepcional y aplicará únicamente en casos donde ya exista una sentencia definitiva con calidad de cosa juzgada. 

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¿Qué es la nulidad de juicio concluido y cuándo procede?

La nueva disposición consiste en invalidar una sentencia firme si se demuestra que el proceso judicial estuvo viciado.

Podrá proceder en los siguientes supuestos:

  • Uso de pruebas falsas, reconocidas o declaradas posteriormente
  • Existencia de fraude o colusión entre las partes
  • Juicios realizados sin conocimiento del afectado
  • Casos de falsa representación o emplazamiento indebido

El dictamen, elaborado por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia y presentado por el diputado Vladimir Hernández Villegas, reconoce el derecho de las personas a impugnar resoluciones que hayan causado ejecutoria bajo estas condiciones.

¿Quiénes pueden solicitar la nulidad de un juicio en Edomex?

La reforma establece que podrán promover esta acción:

  • Las partes involucradas en el juicio original
  • Personas que hayan sido falsamente representadas
  • Sucesores o causahabientes
  • Terceros afectados por la resolución

Siempre que se acredite que hubo irregularidades graves en el proceso judicial.

@CongresoEdomex

Plazos y condiciones para solicitar la nulidad de juicio

El nuevo marco legal fija restricciones claras para evitar abusos:

  • No procederá si han pasado más de cinco años desde que la sentencia quedó firme
  • Tampoco si han transcurrido dos años desde que el afectado conoció o debió conocer las irregularidades

Además, la acción no será válida contra resoluciones emitidas dentro del propio juicio de nulidad. En caso de que exista un proceso pendiente sobre la falsedad de pruebas, los plazos se suspenderán hasta que se resuelva.

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Suspensión de sentencias y garantías económicas

La interposición de esta acción no suspende automáticamente la ejecución de la sentencia. Sin embargo, quien promueva la nulidad podrá solicitar la suspensión, siempre que:

  • otorgue una garantía económica
  • cubra posibles daños a la parte vencedora

Si la nulidad resulta improcedente:

  • la garantía se entregará a la contraparte
  • el promovente deberá pagar daños, perjuicios y costas

Además, se impondrá una multa equivalente a un año de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2026 asciende a 42 mil 794 pesos La garantía podrá omitirse únicamente si se demuestra que la ejecución causaría un daño irreparable.

Con esta reforma, el Estado de México se suma a los esfuerzos por reforzar la transparencia judicial y evitar que resoluciones viciadas permanezcan firmes, en un contexto donde la confianza en las instituciones depende, en gran medida, de la legalidad de sus procesos.

AJA