LEY INGRID

Ley Ingrid: Hasta 12 años de prisión contra quien difunda imágenes de personas fallecidas

Esta nueva disposición para sancionar a los servidores públicos que difundan imágenes de víctimas de muertes violentas, nace a raíz de los casos de Ingrid Escamilla y Octavio Ocaña

Ley Ingrid: Hasta 12 años de prisión contra quien difunda imágenes de personas fallecidas
Ley Ingrid: Hasta 12 años de prisión contra quien difunda imágenes de personas fallecidasCréditos: Especial
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Con la intención de proteger la integridad de las víctimas de hechos violentos, la Ley Ingrid fue aprobada de nueva cuenta por el Congreso local del Estado de México, por lo que, quien difunda imágenes de cadáveres como en los casos de Ingrid Escamilla y Octavio Ocaña, podría enfrentar hasta 12 años de prisión.

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Lo anterior, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación la señalara como imprecisa tanto en las conductas prohibidas como en las sanciones impuestas a quienes incurran en ellas, por lo que tuvo que reformularse.

“La dignidad, el honor y la intimidad de la víctima, así como la seguridad, paz y privacidad de los familiares, se ha visto menoscabada los últimos años porque revictimiza y expone el estado final de quienes pierden la vida. Los ejemplos son diversos, de imágenes tomadas por personal de servicios periciales”, señaló ante el pleno la diputada pevemista María Luis Mendoza.

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La ley contempla que serán entre 4 y 8 años de prisión para quien difunda el material; sin embargo, se contemplan agravantes si las víctimas son mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad.

También prevé una multa de trescientas a ochocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

El replanteamiento de la Ley Ingrid estuvo a cargo de la diputada Luz Ma Bernal, con el que se reforma el artículo 227 del Código Penal de la entidad por lo que será un delito difundir fotográfico o vídeo de cadáveres sujetos a investigación, especialmente si quién realiza esta acción es una persona servidora pública.

Los cambios aprobados por las y los diputados precisan que en el caso de las personas que realicen programas preventivos, educativos o informativos (periodistas) que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales, no serán sancionados por el desempeño de su trabajo profesional.

Ley Ingrid-Ocaña

Esta nueva disposición para sancionar a los servidores públicos que difundan imágenes de víctimas de muertes violentas, nace a raíz de los casos de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio en la Ciudad de México, y del homicidio del actor Octavio Ocaña, ocurrido en el Edomex.

En 2021, el Congreso mexiquense avaló la Ley Ingrid, sumándose así a los esfuerzos de los diputados de la CDMX para evitar la filtración de fotografías y videos de cadáveres por parte de funcionarios públicos dedicados a la procuración e impartición de justicia.

En noviembre de 2022, la familia del actor Octavio Ocaña presentó ante el Congreso del Edomex una iniciativa de ley para reformar el Código Penal y endurecer penas a quienes difundan imágenes de personas fallecidas.

Debido a que la SCJN consideró que la Ley Ingrid-Ocaña tenía inconsistencias, se replanteó la reforma al Código Penal mexiquense y este lunes fue aprobaba por unanimidad en lo general durante la sesión de la LXI Legislatura local.

VGB