FINANZAS PERSONALES

¿Cotizas en el IMSS o ISSSTE? Debes realizar este trámite

Si lo que quieres es mejorar tu pensión, este trámite tienes que realizar

Escrito en DINERO el

¿Sabías que la Consar, el IMSS y el ISSSTE firmaron el convenio de portabilidad que permite unificar las cotizaciones de los trabajadores que laboraron tanto en la iniciativa privada, como en el sector público? Esto ayudará a mejorar la pensión ante cualquiera de los institutos de seguridad social.

Si eres una persona trabajadora que ha cotizado de forma simultánea o por periodos intermitentes para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), ahora ya puedes obtener la portabilidad de derechos.

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Como consecuencia de haber cotizado en diferentes periodos, tanto al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) como al Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS), muchos trabajadores se encuentran con la peculiaridad de tener dos cuentas individuales; sin embargo, esta situación trae consigo dificultades en la realización de todo tipo de trámites, ya que, por normatividad[1], ninguna persona debe tener más de una cuenta Afore en el Sistema de Ahorro para el Retiro.

Los trabajadores que tienen una “cuenta IMSS” y una “cuenta ISSSTE” al mismo tiempo pueden enfrentar complicaciones al momento de realizar algún trámite con su Afore, es por ello que se vuelve necesario realizar una unificación de cuentas mixtas.

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¿Qué debes hacer para unificar tus cuentas?

Para hacer este trámite los trabajadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con cotizaciones en ambos institutos (IMSS e ISSSTE).
  • Formar parte de la Ley 73 o 97 del Seguro Social (LSS 73 Y LSS 97) y pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE.
  • Tener una edad mínima de 60 años (puedes iniciar el trámite en el transcurso del año anterior a cumplir la edad).
  • Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (para pensiones LSS 73).
  • Contar con la constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.

¿En qué Instituto de Seguridad se debe realizar el trámite?

El trámite se realiza en el Instituto de seguridad en el que se tiene la última cotización, pero si la baja fue de forma simultánea, puedes acudir a cualquiera de las dos instituciones, es decir en la que la o el trabajador desee.

Los documentos deberá presentar:

  • Identificación oficial con fotografía.
  • CURP.
  • Copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite que está bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE.
  • Estado de cuenta de la Afore.
     

 

 

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