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SAT: Contribuyentes tienen plazo de 3 meses, a partir del 1 de enero

A partir de enero próximo hay ciertos requerimientos que los contribuyentes deberán cumplir con elSAT

Créditos: LSR/Istock
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Del 1 de enero al 31 de marzo de 2025 las personas morales inscritas en el Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza deberán presentar su Declaración Anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); para apoyar a los contribuyentes, está un simulador para visualizar de manera previa la información presentada en el ejercicio fiscal. Dicho simulador se puede consultar en la siguiente liga: https://anualpm.clouda.sat.gob.mx/MoralesV2.

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Mientras que, las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación, tienen hasta el 17 de enero de 2025 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación y las personas morales sin fines de lucro, tienen hasta el 15 de febrero de 2025 para presentar su declaración del ejercicio.

¡Ojo! Para la presentación de esta obligación fiscal, las declaraciones anuales cuentan con la siguiente información precargada:

  • Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
  • PTU pagada en el ejercicio.
  • Retenciones efectivamente pagadas, como ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR arrendamiento e ISR RESICO.
  • Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
  • Los CFDI emitidos por concepto de descuentos, devoluciones y bonificaciones.

En caso de querer realizar alguna modificación a los ingresos o cualquier otro campo prellenado, se deben presentar las declaraciones complementarias. Si se tiene un saldo a cargo, se puede pagar en cualquier banco autorizado (Banorte, HSBC, Citibanamex, Bancamifel, Santander, BBVA Bancomer, Scotiabank, Interacciones, Bansi, Multiva) para cobro de contribuciones federales y la información se verá actualizada 48 horas después de haber realizado el pago. Si se tiene un saldo en cero, tardará 24 horas en verse reflejado.

Requisitos para el envío de la declaración:

Contar con la firma electrónica (e.firma) y con un servicio de banca electrónica, toda vez que, de obtener un saldo a cargo, debe pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

El SAT advierte a contribuyentes: NO podrán realizar estos trámites

¿Deseas obtener un certificado digital con el cual te identificarás al momento de firmar de manera electrónica un documento o expedir un comprobante fiscal? Es importante que te informes sobre los pasos que tienes que realizar para tramitarlo!

A toda persona le llega el momento de escuchar sobre la firma electrónica o e.firma en México que es una herramienta digital que sirve para validar tu identidad en línea y así poder realizar cualquier trámite de forma segura en México contando con la misma validez que de una firma autógrafa. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes la importancia de tramitar y mantener vigente su firma electrónica para la presentación de la Declaración Anual 2023. 

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