El periodo que había marcado inicialmente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los contribuyentes presentaran su declaración anual 2023 era el siguiente: las personas físicas del 1 al 30 de abril, mientras que, las personas morales, dicha obligación fiscal la tenía que cumplir del 1 al 31 de marzo, sin embargo, esto ha cambiado. El SAT dio a conocer una prórroga para presentar la declaración anual 2023.
Para empezar, recuerda que, la declaración anual es un ejercicio fiscal en el que las personas físicas y morales presentan un reporte de todas las operaciones que realizaron durante el año ante el SAT.
En esta obligación fiscal estos contribuyentes detallan y comprueban ante el SAT los ingresos percibidos y los gastos efectuados durante el año fiscal anterior, que en este caso es el de 2022.
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Pero, ahora, a unas cuantas horas de que iniciara el periodo de presentación de la declaración anual 2023 para las personas morales, el SAT confirmó una prórroga para estos contribuyentes.
¿HASTA CUÁNDO PODRÁN PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL 2023?
De acuerdo con el SAT, las personas morales que tributan al SAT podrán presentar su declaración anual de impuestos 2023, correspondiente a los ingresos y gastos que tuvieron durante el ejercicio fiscal del año anterior, hasta el 3 de abril.
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En cuanto a la declaración de impuestos informativa, el SAT informó que habrá una prórroga porque el software para cargar la información de la declaración anual de impuestos 2023 de manera informativa se encuentra bajo un proceso de actualización, para este tipo de declaraciones la fecha límite se extendió hasta el 15 de marzo.
El sistema les permitirá cargar la declaración anual de impuestos 2023 bajo los criterios de informativa múltiple; de operaciones con terceros; por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a 100,000 pesos; de aprovechamientos por el manejo almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
Recuerda que no presentar la declaración anual de impuestos 2023 podrías ser acreedor de una multa de 86,050 a 172,100 pesos, asimismo, podrías ir a prisión, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, documento magno que rige al SAT.