DESEMPEÑAR BIENES DE FALLECIDO

¿Cómo desempeñar joyas, electrónicos, celulares, auto... de un familiar fallecido?

Aunque el Nacional Monte de Piedad es claro con que el desempeño sólo lo puede realizar el titular al presentar el contrato de empeño original y una identificación oficial vigente, hay algo que se puede hacer para recuperar el artículo

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El empeño de prendas, artículos o productos, son una alternativa con la cual cuentan las personas para obtener un ingreso frente a una urgencia, una dificultad económica que le preocupa y salir del apuro. Aunque hay quienes recurren a la venta de productos o pertenencias, otros optan por empeñar sus haberes en una casa de empeño, aquí te contamos cómo desempeñar joyas, celulares u otros artículos de un familiar fallecido.

En este sentido, el desempeño se refiere a la recuperación de artículos después de pagar el total de un préstamo más los intereses que se generaron. Aunque el Nacional Monte de Piedad es claro con que el desempeño sólo lo puede realizar el titular al presentar el contrato de empeño original y una identificación oficial vigente y se debe acudir a la sucursal que se entregó el objeto.

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No obstante, si la persona que empeñó el objeto fallece, hay algo que se puede hacer para recuperar el artículo y aquí te contamos qué se debe hacer.

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Desempeño de prendas por fallecimiento

De acuerdo con información del Nacional Monte de Piedad para realizar el desempeño por fallecimiento de un bien, el cotitular debe presentar el contrato original, una identificación oficial vigente y la copia del titular del empeño.

Asimismo, si no existe una figura que sea cotitular del empeño, debes buscar al gerente en la sucursal donde se realizó el empeño para validar qué otras opciones de desempeño existen. Aunado a esto, recuerda que es muy importante que presentes en original y dos juegos de copias los siguientes documentos:

  • Contrato de empeño
  • Identificación oficial del titular y de la persona que desea realizar el desempeño
  • Acta de defunción del titular
  • Acta de nacimiento del titular y de la persona que desea realizar el desempeño

¿Qué hacer si el titular del empeño no puede realizar el desempeño?

Cuando la persona que realizó el empeño no puede acudir a desempeñar la prenda que empeñó por cualquiera que fuera la razón, el Nacional Monte de Piedad menciona que el desempeño se puede hacer a través de una carta poder, la cual aplica para desempeños menores a los 88,000 pesos y se requiere:

  1. Contrato original del empeño realizado
  2. Carta Poder
  3. Identificación del titular del empeño y de la persona que la carta otorga el poder
  4. Comprobante de domicilio
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BV