BURÓ DE CRÉDITO

¿Pueden mandarte al Buró de Crédito si no activas tu Buzón Tributario?

Las deudas no son la única razón por la cuál el SAT puede notificar tu comportamiento al Buró de Crédito, es importante habilitar tu Buzón Tributario

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En el Buró de Crédito se encuentra el historial crediticio de las personas, esto no tiene que ser algo malo.Todas las personas están en el Buró desde que solicitan un crédito, ya sea tarjeta de crédito, crédito automotriz, hipotecario, entre otros, y no solamente cuando dejan de pagar. Esto sirve para que las empresas puedan evaluar a los usuarios y su comportamiento para decidir si otorgan créditos.

El historial se actualiza por lo menos una vez al mes, por lo que, puedes ponerte  al corriente en tus pagos después de un retraso y esta información se mostrará en tu historial. Aún así, atrasarte en pagos no es la única razón por la cuál alguien puede estar en el Buró de Crédito. 

Otra razón para estar en el Buró de Crédito es si no activas tu Buzón Tributario. Este buzón es un sistema de comunicación a través del cual las autoridades fiscales podrán llevar a cabo notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa a los contribuyentes. Es decir, permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes. 
 

Mediante éste se facilita la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura y también los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT. También te mandarán un aviso electrónico que es un correo electrónico o un mensaje SMS que se envía a los medios de contacto que registraste y confirmaste en Buzón Tributario que te alerta cuando tienes un elemento nuevo pendiente de leer.

Puedes acceder a él a través del Portal del SAT o en su minisitio, para ello te pedirán tu RFC y contraseña o firma electrónica. Además de habilitarlo, también es importante mantenerse al tanto ya que el SAT puede informarle al Buró de Crédito si no revisas tu Buzón Tributario. Si no abres las notificaciones pensando que de esta manera no te considerarán notificado, estás en lo incorrecto. El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que si el contribuyente no revisa el buzón tributario y no abre la notificación, a los tres días se considera notificado.

Asimismo, si eres contribuyente según el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del Buzón Tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de $3,080.00 a $9,250.00.