PRESTACIONES LABORALES

Las dos prestaciones que debes recibir en diciembre

Como trabajadores existen diferentes prestaciones a las cuales tienes derecho y aquí te contamos

Escrito en DINERO el

En toda relación laboral que establece un trabajador con una empresa se estipula una serie de condiciones adicionales al salario. A estas se las conoce como prestaciones laborales. 

Una de las "garantías" de estar en un empleo formal son las prestaciones de ley que representan todos los beneficios a los que tiene derecho el trabajador al pertenecer a una empresa. Surgen de la relación contractual, son independientes del salario. Dichas compensaciones están orientadas a mejorar las condiciones de vida de los colaboradores y otorgarles recursos que les permiten desarrollar.

¿Cuáles son las prestaciones de ley en México?

La Ley Federal del Trabajo establece que dentro de un vínculo laboral pueden existir dos tipos de prestaciones

Prestaciones de ley: estos son los beneficios que todo patrón debe otorgar a sus colaboradores sin distinción. Son los derechos a los que tiene acceso cada trabajador que forma parte de una relación de trabajo subordinada. Este derecho no se puede suspender o modificar, a menos que exista un acuerdo común entre la organización y el colaborador. 

Prestaciones superiores a la ley : compensaciones adicionales que otorgan las empresas, pero que no son de carácter obligatorio.

12 prestaciones laborales Ley Federal del Trabajo:

Aguinaldo

El aguinaldo es una de las más conocidas prestaciones laborales en México. Se trata de un pago obligatorio que los patrones deben dar a sus colaboradores durante el mes de diciembre .

De acuerdo con la ley laboral, los patrones deben pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año. En caso de que el trabajador renuncie a su empleo o que sea despedido antes de esa fecha, tiene derecho a recibir un proporcional correspondiente a los meses de trabajo que haya acumulado ese año.

Vacaciones 

De acuerdo con el artículo 76 de la ley laboral, los trabajadores que tienen más de un año de servicio tienen derecho a disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas. En ningún caso este tiempo podrá ser inferior a seis días laborables.

Prima vacacional

Se trata de dinero adicional que los patrones conceden a los colaboradores a modo de suplemento para los días de vacaciones que se tomen en el año. En el artículo 80 de la normativa se especifica que todos los trabajadores deben recibir una remuneración equivalente a un 25% sobre los salarios que les correspondan durante su período vacacional.

Seguro social 

Todo patrón dentro del régimen formal debe afiliar a sus colaboradores al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esto es lo que garantiza el acceso del personal a un seguro médico gratuito que cubra la atención de salud que pueda requerir. Este seguro también brinda cobertura en caso de que se presente cualquiera de las incapacidades laborales contempladas en la ley. 

Día de descanso semanal

De acuerdo con el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo, por cada seis días laborados, el personal disfrutará de al menos una jornada de descanso con goce de salario íntegro. 

Días de descanso obligatorios:

  • 1 de enero
  • Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
  • 1 de mayo.
  • 16 de septiembre.
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • 1 de diciembre cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre.

Prima dominical

Lo que contempla la normativa es que cada trabajador que deba concurrir a su centro de trabajo a prestar servicio en domingo debe recibir un pago adicional. El monto extra que se debe pagar es del 25% sobre el salario base.

Prima de antigüedad 

Consiste en el pago adicional de 12 días de salario por cada año de servicio. Sin embargo, se deben dar una serie de condiciones para que el trabajador pueda acceder a esta prestación. 

Pago de utilidades 

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa (PTU) es otra de las prestaciones laborales en México. La misma implica que los colaboradores reciban una parte de las ganancias obtenidas por la organización en la que laboran. Estas ganancias corresponden al año fiscal anterior y se relacionan a los servicios o actividad productiva realizada.

Licencia por maternidad

De acuerdo con datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las mujeres representan cerca del 50% de la fuerza de trabajo en todo el mundo. Se trata, en la mayoría de los casos, de mujeres en edad reproductiva. Esto quiere decir que un gran porcentaje de estas trabajadoras pueden quedar embarazadas mientras forman parte de una empresa.

Licencia por paternidad

Los hombres también tienen garantizado su derecho a ausentarse del trabajo y atender a su hijo recién nacido. El patrón deberá otorgar 5 días hábiles en concepto de licencia por paternidad. Esto aplica también en el caso de tratarse de una adopción. 

Como ocurre con la licencia por maternidad, durante los días que se ausente el trabajador de la empresa tendrá derecho a recibir su sueldo íntegro.

¿Cuáles son las prestaciones superiores a las de ley en México?

Las organizaciones que ofrecen esta clase de prestación son conscientes de la importancia que tienen las compensaciones extra para la productividad y la disminución de la rotación en los centros de trabajo. 

Vacaciones extra: La ley laboral establece un mínimo de 6 días de vacaciones por año, pero algunas empresas amplían el periodo vacacional.

Fondo de ahorro: Esta prestación se forma con las aportaciones periódicas de la empresa y sus colaboradores. Al final del año el trabajador recibirá lo que haya ahorrado más una cantidad adicional.

Vales de despensa: Posiblemente una de las prestaciones más valoradas por el personal. Estos vales impactan de forma directa sobre los gastos de los trabajadores y por eso son tan codiciados. 

Bono de productividad: Se otorga dinero adicional al salario ordinario en función del desempeño

Seguro de gastos médicos mayores: Este seguro se complementa a la atención médica del IMSS