VERACRUZ, VER.- Karla encuentra fortaleza detrás del pañuelo morado que coloca para cubrir su rostro y contar su historia de abuso sexual, un delito que durante todo enero de 2026 acumuló 66 carpetas de investigación, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
Sus ojos verdes, delineados de maquillaje color negro y morado, expresan el dolor que siente al recordar su historia de abuso, cuando un hombre la manoseó durante un asalto en la vía pública.
“Era con ropa normal y el tipo me manoseó. Había hombres ahí al lado mío y les grité: ayúdenme, tienen madres, tienen hijas, pero no me ayudaron”, recuerda la mujer que exige respeto.
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El asalto ocurrido hace un año en la ciudad de Veracruz, ese día le quitó algo más que su bolso, dinero y teléfono: su dignidad. De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), cuando el abuso sexual es cometido en contra de las mujeres trasciende en el ejercicio de sus derechos y el libre desarrollo de su personalidad.
De hecho, el reporte de monitoreo legislativo (RML_Abusosexual.pdf) estima que las agresiones sexuales son el principal detonante de las tendencias suicidas en mujeres de 15 años y más que han padecido incidentes de violencia en una relación de pareja. Según estudios, el 11 por ciento de las mujeres que sufrieron violencia sexual han intentado suicidarse y el 14.1 por ciento lo han pensado.
Los delitos de índole sexual son variados, y más en el contexto comunitario como le ocurrió a Karla, donde otros hombres presenciaron la agresión. En la calle, tal como lo experimentó Karla cuando iba hacia su trabajo, las mujeres enfrentan piropos groseros u ofensivos, intimidación, acecho, abuso sexual, violación e intento de violación.
Según la CNDNH, el abuso sexual es una forma de violencia que implica un ejercicio abusivo de poder, y es definido como cualquier acción sexual entre dos o más personas sin consentimiento que no tenga como propósito llegar a la cúpula.
Durante todo 2025, el estado de Veracruz registró un total de mil 105 carpetas de investigación por este delito. Este enero, los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) arrojan que las carpetas de investigación por abuso sexual disminuyeron en una decena, acumulando un total de 66.
Redefinición del abuso sexual en Veracruz
Cuando Karla fue abusada sexualmente nada pasó, su agresor no fue detenido por los demás hombres que presenciaron el acto, y esto la marcó. Con poco más de 30 años, Karla entendió que no era respetada.
En el Código Penal del estado de Veracruz, el delito de abuso sexual está contemplado en el artículo 186 del capítulo III, y se comete cuando: “a quien, sin el consentimiento de una persona mayor de dieciocho años y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella actos sexuales o la haga ejecutarlo”.
Según el Código Penal, a la persona responsable se le impondrán de uno a seis años de prisión y multa de hasta cien días de salario mínimo sin contar las agravantes que pueden alcanzar hasta los diez años de prisión y una multa de hasta 250 días de salario mínimo.
En el caso de realizarse actos de abuso sexual en niños, niñas, adolescentes y “personas incapaces”, la persona responsable podría enfrentar de seis a 12 años de prisión y una multa de hasta 2 mil UMAS. Además, en el segundo párrafo del artículo 190 se especifica: “para los efectos de este artículo, se entiende por acto sexual, los tocamientos corporales voluntarios, así como la exhibición de los órganos genitales, ambas conductas con finalidades lascivas”.
El pasado 6 de marzo, diputadas y diputados del Congreso de Veracruz decidieron aumentar las penas contra el abuso sexual al tratarse de un delito que atenta contra la libertad y la seguridad sexual de las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Además, se dictaminó la redefinición del delito a “quien sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo”.
Así mismo, se aprobó que la sanción aumentará de cuatro a ocho años de prisión y a una multa de 250 a 550 veces el valor diario de la UMA sin agravantes y la reparación del daño, en donde la persona responsable deberá cubrir los gastos relacionados con la atención psicológica de la víctima hasta su total recuperación.
vtr
