XALAPA, VER.- Jueces federales y locales de Veracruz difieren de forma radical al dar fallos a favor y en contra a exfuncionarios vinculados a proceso acusados por corrupción. La actuación de ambas partes derivó en una confrontación pública entre el Gobernador, Cuitláhuac García Jiménez, y las autoridades jurisdiccionales federales.
En ruedas de prensa el morenista ha culpado a la justicia federal de amparar a exfuncionarios sometidos a proceso por presuntos desvíos de recursos en las administraciones de Miguel Ángel Yunes Linares y Javier Duarte. Por su parte, magistrados y jueces federales señalan al mandatario de ponerlos en riesgo y vulnerar sus derechos con sus reproches.
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Además, los jueces federales han optado por adelantarse a posibles tácticas dilatorias de las autoridades locales que se niegan a acatar amparos para que exfuncionarios sigan sus procesos en libertad, instruyéndolas a actuar bajo parámetros que limitan su actuación. En sus resolutivos incluso contemplan si los jueces locales pueden estar ausentes de sus distritos o si están de vacaciones, blindándose contra cualquier incumplimiento.
SE SUBEN AL RING
El conflicto entre el gobierno de Veracruz y la justicia federal escaló al punto que, por primera vez, desde que iniciaron las rencillas, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, cerró filas a favor de sus homólogos adscritos en Veracruz.
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El caso detonador involucra a la jueza Daniela León Linarte, del Juzgado Decimoquinto de Distrito, quien amparó a Bernardo “N”, excolaborador de Miguel Ángel Yunes Linares, para que salga de prisión.
Hay 4 casos recientes que dan cuenta de los criterios opuestos entre juzgadores federales y locales y que han sido documentados en medios informativos principalmente porque generan cuestionamientos de Cuitláhuac García Jiménez.
Se trata de los amparos concedidos a los presuntos asesinos de un periodista; a la ex titular del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) Yolli “N”; al exsecretario de Gobierno, Rogelio “N”; y recientemente a Bernardo “N”, otro excolaborador yunista.
En el primer caso, existe una resolución dictada desde el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal en el amparo en revisión 182/2022, que ordenó dejar sin efecto las vinculaciones a proceso de quienes estaban acusados de matar al periodista Jacinto Romero. Las sentencias benefician a Ana Laura Rosas Rodríguez, Casto Emilio Hernández Sánchez y Roberto Trinidad González Cruz, este último excandidato a regidor de Morena en Ixtaczoquitlán.
En la resolución final, los órganos jurisdiccionales federales llegaron a la conclusión de que los datos de prueba aportados por la FGE para acusarlos eran insuficientes, pues si acaso, se constituía, en el caso del regidor de Morena, Roberto Trinidad González Cruz, el delito de amenazas y no así de homicidio. De los restantes, no se encontró sustento legal para la acusación de homicidio.
Para el caso de Yolli “N”, fue beneficiada con la resolución de Juez Primero de Distrito en el Estado de Veracruz, Fermín Santiago Santiago, en el juicio de amparo 553/2022, para que pudiera seguir su proceso fuera del penal de Pacho Viejo, aunque con prisión domiciliaria. A Yolli no se le ha puesto en libertad porque la FGE impugnó el amparo.
La extitular del IVAI está acusada de los delitos de ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad y coalición; en marzo de este año, fue sujeta de una operación a corazón abierto por lo que su defensa solicitó el cambio de medida cautelar, que fue negado por el juez de control Francisco Reyes Contreras.
Al llegar al amparo, el juez de distrito encontró que el proceder de su homólogo veracruzano fue “abiertamente inconstitucional y arbitrario”, pues a diferencia de lo que logró acreditar su defensa, entre otras cosas, que la vida de la exservidora pública corre peligro, que necesita cuidados especializados y que tiene arraigo en Coatepec, el juez dijo que nada de ello era suficiente para dictar el cambio en la medida cautelar.
Uno de los casos más recientes, es el de Rogelio “N”, exsecretario de Gobierno en la era de Miguel Ángel Yunes Linares, en el que el pasado 19 de noviembre se decretó el levantamiento de las medidas cautelares y prácticamente la anulación del proceso por el delito de peculado equiparado, en una carpeta iniciada por presuntamente contratar con dinero público, a una empresa extranjera con el fin de posicionar políticamente a su entonces jefe Yunes Linares.
Para esta determinación pasó más de un año en concretarse el final que se le dio, dado que el juez Gregorio Noriega Velazco ya había dictado en dos ocasiones el auto de vinculación a proceso al considerar que los hechos fueron probados por la Fiscalía con las pruebas ofrecidas, específicamente la denuncia de que se usaron diversas partidas presupuestales para el pago de servicios a la empresa AV REAL ESTATE LLC.
Al no estar en acuerdo, su defensa volvió a solicitar la protección de la justicia federal, ordenando el juez federal que el de Veracruz citara a audiencia y con libertad de jurisdicción, volviera otra vez a valorar las pruebas pero ahora sin escuchar a las partes, sino resolver con lo que se había presentado en la audiencia impugnada. Fue el juez de Veracruz el que determinó dejar sin efecto la vinculación a proceso.
El caso más reciente, que derivó en la confrontación donde los jueces y magistrados ya no se quedaron callados y reclamaron al gobernador de ponerlos en riesgo, fue el de Bernardo “N”, exsubsecretario de la SEFIPLAN, acusado de desvío de recursos.
El amparo dictado por la jueza decimoquinta de Distrito, Daniela Mariela León, simplemente ordenó subsanar lo que consideró una seria violación al derecho humano a la libertad personal y a la presunción de inocencia pues el juez de control Francisco Reyes Contreras dictó la vinculación basándose en argumentos personales que ni siquiera se invocaron en audiencia.
Dicho de otra forma, determinó dejarlo en prisión debido a que Bernardo “N” enfrenta otros procesos penales que no han sido resueltos y se controvierten en otros juzgados federales, lo que fue considerado “jurídicamente incorrecto” de parte de la jueza federal. Para corregir la falta, la jueza ordenó dejar insubsistente esa medida cautelar dictada el 24 de septiembre de 2021 y en su caso, volver a resolver con los mismos argumentos expuestos en esa audiencia y no escuchar de nuevo a las partes.
Es decir, la determinación de dejar en libertad a Bernardo “N”, recayó finalmente en el juez de control de Veracruz que, al no tener argumentos válidos, determinó su libertad.
CAMBIAN ESTRATEGIA
Ante las resoluciones legaloides y salidas que encuentran los impartidores de justicia en Veracruz para no cumplir o cumplir a medias las resoluciones dictadas desde la Federación, los jueces y magistrados de Distrito han empezado a blindarse y anteponerse a posibles escenarios que quieran argumentar, advirtiendo que no dar cumplimiento a sus sentencias puede derivar en procesos que se ventilen en la vía penal y en el pago de multas.
Por ejemplo, en el caso de Yolli “N”, el juez ordenó que en el supuesto de que el juez que impuso la medida cautelar sea cambiado de adscripción, el juez administrador señale la hora y fecha para la audiencia y en caso de no encontrarse, ésta se cumpla por videoconferencia. En otro escenario, el juez administrador debía informar en dónde se hallaba para comunicar la resolución.
Se advirtió también que en caso de que se pretendiera informar que el juez estuviera de vacaciones, el Consejo de la Judicatura en Veracruz debía nombrar a otro juez que diera cumplimiento inmediato a su resolución.
En el caso de Rogelio “N”, la autoridad federal ordenó al Juez Administrador que fijara audiencia dentro de las tres horas siguientes a que fuera notificado de dicha sentencia, para que no pasaran más de 12 horas y se resolviera al respecto.
“Asimismo, debe comunicar la hora y fecha señalada al Juez Gregorio Esteban Noriega Velasco –en el órgano jurisdiccional en el que está adscrito actualmente– y hacerle saber el apercibimiento de multa que se le está realizando en este acuerdo.
“En la inteligencia que, dentro del plazo de tres horas, el Juez Administrador deberá acreditar ante este juzgado que notificó a su homólogo la hora y fecha señalada, así como el apercibimiento que se le está formulando en este acuerdo”.
En la sentencia se vinculó también a la presidenta del Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz, a quien se le impuso realizar las gestiones necesarias para que sea posible el cumplimiento total a la sentencia de amparo –la cual fue emitida con naturaleza de urgente–.
RENCILLAS DEL GOBERNADOR
Los presentados, son algunos de los casos que han ocasionado fricciones entre el PJF y el gobierno de Veracruz, donde se ha señalado reiteradamente de beneficiar a quienes el gobernador García Jiménez considera funcionarios corruptos. A esas descalificaciones se han unido el Poder Judicial del Estado y la Fiscalía General.
Por ejemplo, la ahora expresidenta del PJE, Isabel Inés Romero Cruz, acusó que los jueces federales segundo y decimoctavo de Distrito “son demasiado legalistas y garantistas” y gracias a sus determinaciones “todo se viene abajo”.
La fiscal general, Verónica Hernández Giadáns, también ha entrado a las acusaciones. El 10 de marzo pasado, al conocerse el amparo otorgado a José Manuel del Río Virgen, secretario técnico del Senado, se fue contra Jesús Arturo Cuéllar Díaz, juez decimoséptimo de Distrito.
En esa ocasión, el juez encontró que hubo serias violaciones al procedimiento y a los derechos humanos del entonces acusado por homicidio doloso contra Remigio Tovar, excandidato a la presidencia municipal de Cazones de Herrera.
La fiscal aseguró que el juez “se excedió en su resolución” y le reprochó que haya obedecido a “intereses” de terceros para ordenar su libertad. Eventualmente, el colaborador del senador Ricardo Monreal dejó la prisión.
De las confrontaciones, son los jueces de control y los ministerios públicos los más beneficiados de estas acusaciones, pues a la fecha, pese a que la justicia federal ha exhibido la actuación fuera de la ley de ambos poderes, no hay una sola sanción por malas prácticas.
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