XALAPA, VER.- La noche del jueves 7 de marzo, 41 diputados locales -entre ellos los del PAN, MC y PRI - avalaron la minuta del Senado que limita la reelección y la postulación de familiares directos de alcaldes o gobernadores en funciones.
A pesar de que la oposición criticó que la reforma se aplicará hasta el 2030, y en Veracruz se realizarán elecciones este 2025, para la renovación de alcaldes, y en 2027, alcaldes y gubernatura, lo que evidencia el doble discurso de la izquierda y la constante de Morena, de “echar todo a perder”.
El Congreso del Estado había citado a sesión el 13 de marzo, no obstante, este martes, de último momento, se llamó a la diputación permanente para citar a un periodo extraordinario y votar, entre otros temas, las dos minutas del Senado que busca limitar el nepotismo, la reelección y la siembra de maíz transgénico.
En la sesión extraordinaria los partidos políticos fijaron su postura respecto de la minuta, que debe ser validada por 17 congresos para que sea constitucional. Antes que Veracruz ya la habían aprobado los diputados y diputadas de Tabasco, Oaxaca, Ciudad de México, Tamaulipas e Hidalgo.
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A la reunión de trabajo solo acudieron 41 de los 50 diputados, todos, votaron a favor de la reforma a los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de no reelección y nepotismo electoral.
¿En qué consiste la prohibición?
El acuerdo establece que para ser candidato no debe tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta, sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad de la diputación.
Las personas senadoras y diputadas al Congreso de la Unión no podrán ser reelectas para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato. Las personas senadoras y diputadas suplentes podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de propietarias, siempre que no hubieren estado en ejercicio; pero las personas senadoras y diputadas propietarias no podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.
Para ser presidente se requiere no tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad del Ejecutivo federal.
En cuanto a los municipios, en ningún caso, podrá participar en la elección para la presidencia municipal, las regidurías y las sindicaturas, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula.
Las constituciones de los estados deberán establecer la prohibición de la reelección consecutiva para el mismo cargo de presidentes y presidentas municipales, regidores y regidoras, y personas síndicas de los ayuntamientos. Las personas servidoras públicas antes mencionadas, cuando tengan el carácter de propietarias, no podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero las que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electas para el periodo inmediato, como propietarias a menos que hayan estado en ejercicio.
En el caso de los gobernadores, nunca podrá ser electa para el período inmediato, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad de la gubernatura.
Las constituciones estatales deberán establecer la prohibición de la reelección de las personas diputadas a las legislaturas de los estados para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato. Las personas diputadas suplentes podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de propietarias, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero las personas diputadas propietarias no podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.
En ningún caso podrá participar en la elección de una diputación, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad de la diputación.
Partidos fijan su posicionamiento
La diputada María Elena Córdova Molina planteó que si bien ellos apoyaban la modificación legal, no obstante, reprochó la conveniencia de prorrogar los cambios hasta el año 2030.
“Hoy discutimos una reforma que pudo haber sido un avance real para la democracia, pero, como ya es costumbre, Morena-PT y PVEM tenían que echarla a perder. ¿Por qué esperar hasta 2030? ¿Por qué permitir que en este proceso electoral se sigan heredando cargos como si fueran franquicias familiares?”, cuestionó.
La diputada también señaló que la reforma fue modificada en el Senado para proteger a ciertos grupos políticos, permitiendo que los actuales funcionarios acomoden a sus familiares en estados como San Luis Potosí, Zacatecas y Guerrero.
“Aquí en Veracruz conocemos bien este hartazgo. En cada proceso electoral vemos cómo ciertas familias se reparten el poder entre esposos, hermanos, hijos y compadres, mientras miles de ciudadanos con verdadera vocación de servicio nunca tienen oportunidad de participar en la vida pública”.
La legisladora proviene de las filas de MC, partido que es propiedad de Dante Delgado Rannauro, que en la pasada elección federal se registró como candidato plurinominal al Senado, y registró a su hijo Dante Delgado Morales como candidato al Senado por Veracruz.
En el caso de Morena, el diputado local José Reveriano Marín Hernández planteó que si bien la reforma entra en vigor en 2030, la izquierda lo aplicará de facto este 2025 y no postularán a familiares de alcaldes en funciones.