MEDIO AMBIENTE

En Veracruz habrá cárcel a quien modifique el ciclo del agua: la ley tras quejas contra Granjas Carroll

El 20 de junio dos campesinos fueron asesinados cuando se manifestaban contra Granjas Carroll, en la carretera Perote - Puebla; entre las denuncias estaba el presunto uso de bombas antigranizo para evitar lluvias en la zona

En Veracruz habrá cárcel a quien modifique el ciclo del agua: la ley tras quejas contra Granjas Carroll.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER.- Los diputados locales del Congreso de Veracruz aprobaron modificaciones a tres leyes reglamentarias en Veracruz que buscan garantizar la soberanía alimentaria, fomentar el cultivo de temporal y sancionar a quien modifique el ciclo del agua con tecnología agroindustrial.

En la sesión ordinaria del martes 16 de julio se votó el dictamen que busca cumplir con la Agenda 2030, que pide, entre otros objetivos, adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos. Se modificaron la ley Estatal de Mitigación y Adaptación ante los Efectos del Cambio Climático; la ley Estatal de Protección Ambiental y del Código Penal, y las modificaciones cobrarán vigencia una vez que se publiquen en la Gaceta Oficial del Estado.

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Como parte de las manifestaciones que se realizaron en Totalco, frente a Granjas Carroll, se denunció que la empresa y agricultores de amplias extensiones de tierra, usan bombas de nitrógeno para disipar la lluvia, lo que ha tenido impacto en las siembras de temporal.

Habitantes de Totalco, encabezados por el agente municipal Pedro Romero Cortina presentaron una iniciativa al diputado Paul Martínez Marie que busca sancionar a quien incurra en esas prácticas y este martes se aprobó con el voto de 33 de los 38 diputados que asistieron a la reunión de trabajo.

La ley de cambio climático adiciona párrafos en el artículo 6 donde establece que se privilegiará el rescate de cultivos de temporal y medio ambiente idóneo; y se establece que la Sedarpa apoyará a los ayuntamientos en programas que garanticen la seguridad alimentaria.

Al modificar el artículo 26 plantean que las autoridades deben corregir y aminorar los desequilibrios por el cambio climático que deterioren la vida de la población o que tenga un impacto negativo en el desarrollo de los ecosistemas y en los cultivos que ellos producen.

En el caso de la modificación a la ley estatal de Protección Ambiental se adiciona el artículo 186 bis, que contempla que los ayuntamientos deben implementar estrategias, políticas públicas y acciones dirigidas a la protección del medio ambiente y de la seguridad alimentaria.

Y los ciudadanos tendrán que dar aviso al Ayuntamiento o a las autoridades competentes en la materia sobre cualquier hecho o acto que pueda constituir un riesgo para el equilibrio del medio ambiente, a la seguridad agroalimentaria o el desarrollo sustentable del municipio, dice el nuevo artículo.

En el caso de los cambios al código penal se hicieron al artículo 259 que detalla que se impondrán de uno a seis años de prisión y multa de trescientas a quinientas UMAS a quien, sin contar con los permisos, licencias o autorizaciones correspondientes o sin aplicar las medidas de previsión o de seguridad adecuadas provoque alteraciones con el uso de tecnologías al ciclo hidrológico en perjuicio de la seguridad agroalimentaria.

El delito será catalogado como menor, y la multa equivale de los 32 mil a los 54 mil pesos a quien modifique el ciclo del agua con el uso de tecnología agroindustrial.

En la exposición de motivos de la reforma, se planteó que el agua de lluvia ocupa una posición clave en la regulación del ciclo hidrológico. La lluvia recarga los cuerpos de agua superficiales, como ríos y lagos, y alimenta los ecosistemas acuáticos. 

También es fundamental para mantener el equilibrio hídrico en los suelos, proporcionando la humedad necesaria para el crecimiento de las plantas y la vida del suelo. Asimismo, la infiltración del agua de lluvia recarga los acuíferos subterráneos, que son fuentes importantes de agua potable para muchas comunidades.

“La falta de lluvia supone un incremento en la desertificación, un aumento de los incendios forestales y una degradación del suelo, además de ocasionar daños a la fauna y a la flora. Este fenómeno provoca desastres sociales, como hambrunas, epidemias y desplazamientos de poblaciones en busca de otras zonas donde conseguir alimento.

“Una de las consecuencias de la ausencia de lluvia es la sequía, ésta se conoce como la disminución o la ausencia de precipitaciones pluviales respecto al índice anual...”, se argumenta en el texto.

A nivel local, dice el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), de la superficie dedicada a la agricultura, el 21 por ciento es de riego y el resto es de temporal, es decir, la mayoría de la tierra cultivable en México es por lluvia y su éxito depende de la precipitación y la capacidad del suelo para retener humedad.

Se destaca que, si bien se ha usado tecnología agroindustrial para mejorar las siembras, hay quienes han expropiado con fines comerciales los suelos, las plantas, los cielos, el agua subterránea, plantas y animales. Un ejemplo son los llamados cañones antigranizo, que son usados para evitar que estos se precipiten sobre los almacenes de vehículos en su mayoría.

La Organización Meteorológica Mundial (OMM) ha observado que el uso de tecnología agroindustrial ha dejado serios problemas en la alteración de los ciclos hidrológicos, lo que ha derivado en la creación de conflictos sociales entre campesinos que tienen acceso a este tipo de tecnología y aquellos que por sus consideraciones económicas no las tienen y que, se mantiene en cultivos de temporal.

fm