XALAPA, VER.- Jorge Winckler Ortiz, exfiscal general de Veracruz que cumple un año encarcelado, actualmente en el penal del Altiplano, obtuvo una suspensión provisional de amparo para que un juez de la entidad convoque a una audiencia de medidas cautelares. Con ello, el exabogado particular del exgobernador Miguel Ángel Yunes Linares solicitará continuar su proceso en libertad.
Winckler Ortiz fue detenido el 25 de julio de 2022 en el municipio de Puerto Escondido, Oaxaca, y posteriormente, el 31 de julio de ese año, vinculado a proceso por los delitos de privación de la libertad en su modalidad de secuestro y desaparición forzada de personas.
La defensa del exfiscal general de Veracruz consiguió una suspensión provisional, tras ampararse contra el juez de control de Pacho Viejo, Veracruz, Roberto Santos Maldonado Morales, quien el pasado 17 de julio de 2023 negó a Winckler la variación de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa a cambio de alguna otra que le permitiera continuar su juicio en libertad. Además, amplío la prisión preventiva hasta el 17 de julio de 2024.
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Al respecto, un juez federal del Decimoséptimo de Distrito instruyó al Poder Judicial de Veracruz convocar a una segunda audiencia el próximo 16 de agosto, a las 10 de la mañana, donde se volverán a debatir las medidas cautelares contra Jorge Winckler. El exfuncionario presenciará dicha audiencia a través de videoconferencia, desde el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) Número 1 "El Altiplano", ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México.
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¿Cuáles son las posibilidades de que Jorge Winckler salga de prisión? La decisión está en el aire, pues, si bien, el juez federal instruyó que en la próxima audiencia se decrete el cese de la prisión preventiva oficiosa, también pide que se otorgue la oportunidad a las partes -es decir, a la fiscalía de Veracruz y a la defensa de Jorge Winckler- de debatir otras medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Esta decisión del juez federal abre la posibilidad de que la Fiscalía de Veracruz solicite la medida cautelar de prisión preventiva justificada. Para ello, la autoridad deberá probar la necesidad de mantener en el penal del Altiplano al exfiscal del estado. Lo anterior, mediante la justificación de alguno de los tres riesgos procesales: 1.- Que exista riesgo de que Jorge Winckler se sustraiga de la justicia (se dé a la fuga), 2.- Que haya riesgo de que ataque a alguna de las probables víctimas que lo denuncian y 3.- Que haya peligro de entorpecer el proceso judicial.
Cabe mencionar que Roberto Santos Maldonado Morales, el juez local de Veracruz que negó en la primera audiencia el cambio de medidas cautelares a Jorge Winckler es el mismo juzgador que ha secundado imputaciones de la Fiscalía General del Estado (FGE) en casos mediáticos durante el gobierno del morenista, Cuitláhuac García Jiménez.
Roberto Santos Maldonado, ¿juez de consigna en el gobierno de Cuitláhuac?
El juez Roberto Santos Maldonado Morales no solo se ha visto involucrado en decisiones polémicas como las del juicio contra Jorge Winckler Ortiz. El togado también desacató una suspensión provisional que impedía la detención de su colega, la jueza Angélica Sánchez Hernández, quien fue privada de la libertad el pasado 16 de junio en la Ciudad de México.
Angélica Sánchez Hernández fue señalada públicamente por el gobernador Cuitláhuac García de liberar “sospechosamente” a Itiel N, alias “El Compa Playa”, uno de los objetivos prioritarios en su gobierno. Ella se amparó y obtuvo una suspensión provisional para no ser detenida, sin embargo, el juez Roberto Santos Maldonado pasó por alto dicha suspensión provisional y libró una orden de aprehensión en su contra, fijó la medida cautelar de prisión preventiva justificada y la vinculó a proceso.
Tras poco más de dos meses en resguardo domiciliario, la jueza Decimoquinta de Distrito en el Estado de Veracruz, Daniela María León Linarte, instruyó al juez de control Roberto Santos Maldonado Morales dejar insubsistente todo lo actuado en el proceso penal 297/2023 contra la jueza, en un plazo no mayor a las 24 horas, y ordenó la liberación inmediata sin condicionamiento alguno.
ch