Guanajuato.- Los trabajadores formales en Guanajuato y en México han acumulado durante su vida laboral dinero en su cuenta de una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para utilizarlo cuando llegue el momento en que se jubilen y muchos se preguntan si ¿el recurso de estas cuentas puede heredarse en caso de que fallezca el titular?
Los trabajadores que se encuentran afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) cuentan con una cuenta donde se acumulan los recursos de sus aportaciones durante su vida laboran y son administradas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) que es una institución financiera privada que tiene como objetivo manejar de forma segura los recursos que están destinados para la pensión de los trabajadores.
En estas cuentas se depositan las aportaciones voluntarias del trabajador y las cuotas del patrón y el Gobierno, que al final de la vida laboral se utilizará el momento de jubilarse.
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En cuanto el trabajador se retire recibirá lo que tiene ahorrado en pensiones cada mes.
Sin embargo, hay quienes se preguntan si los recursos de la cuenta Afore se heredan si el trabajador fallece.
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Quiénes pueden heredar una cuenta Afore
Al respeto la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), a través de sus redes sociales señaló que el dinero que se encuentra en la cuenta Afore del trabajador es heredable y se podrá entregar a los beneficiarios legales del trabajador fallecido, titular de la cuenta, que acrediten el parentesco.
“Son aquellas personas que, por Ley, tienen derecho a disponer los recursos de la cuenta Afore a manera de pensión o en una sola exhibición, si es que acreditan los siguientes parentescos del titular de la cuenta individual”, señala la dependencia.
- La viuda o el viudo. Solamente si dependió económicamente del trabajador o trabajadora.
- Los hijos menores de 16 años o hasta los 25 años en caso de que estén estudiando en planteles del sistema educativo nacional.
- Concubina o concubinario. A falta del cónyuge, en caso de que haya dependido económicamente de la persona trabajadora.
- Cada uno de los ascendientes del trabajador, si dependían económicamente de él; esto en el caso de que no haya cónyuge, hijos, concubina o concubinario.
La Consar señala que se podrá disponer del dinero de la cuenta a manera de pensión o en una sola exhibición.
¿Cómo se reclaman los recursos de la Afore de una persona fallecida?
Para que los beneficiarios de una persona fallecida puedan reclamar el dinero de la cuenta Afore deben realizar lo siguiente:
- Solicitar la Resolución de Pensión correspondiente del IMSS o del ISSSTE. Esto es para demostrar el derecho a recibir una pensión o ser designado explícitamente como beneficiario por el titular de la Afore.
- Acudir a la Afore donde el trabajador fallecido tenía registrada su cuenta. Deberán presentar los beneficiarios los documentos que los acrediten como tal y llenar el formulario específico de Disposición de Recursos proporcionado por la institución.
Luego de que el proceso se concluya, la solicitud será procesada por la Afore y el beneficiario podrá acceder a los recursos del fallecido en una sola exhibición, de acuerdo al régimen pensionario en el que éste se encontraba. O sea:
- Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:
- Retiro 97 (recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha).
- Vivienda 97 (recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha).
- SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997).
- Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997).
- Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97:
- SAR 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997).
- Vivienda 92 (recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997).
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¿Cómo se designan los beneficiaros en la Afore?
Para designar a beneficiarios de la cuenta Afore se puede hacer a través de la aplicación Afore Móvil siguiendo estos pasos:
- Descargar la aplicación Afore Móvil desde la tienda de aplicaciones digital.
- Entrar a “Mi perfil”.
- Seleccionar “Modificar datos”.
- Ir al ícono de lápiz en el rubro de “Beneficiarios”.
- Ahí se podrán registrar las personas que podrán disponer de los recursos de la cuenta de Afore, así como el porcentaje que les sea asignado a cada uno y que dé el 100 por ciento.
Hay que tener cuidado que la información que se proporcione de los beneficiarios sea correcta pues en caso de presentarse errores como en el nombre o en la CURP podría complicarse el trámite y se retrasaría el acceso a los recursos.
CM