León.-El monto de la pensión que los trabajadores recibirán en el momento de su retiro tendrá que ver con dos factores: semanas cotizadas y el promedio salarial de los últimos cinco años.
Cabe destacar que quienes comenzaron su vida laboral y a cotizar ante el Seguro Social antes del 1 de julio de 1997 recibirán su pensión vitalicia.
Mientras quienes comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997, solo recibirán el acumulado que tengan en su cuenta de Afore.
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Para poder incrementar su pensión las personas deben de contar con los requisitos de: tener al menos 60 años al presentar su solicitud de pensión.
Además, deben tener al menos 500 semanas cotizadas ante el Seguro Social, estar de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social y estar en conservación de derechos.
Posteriormente, es necesario darse de alta den la Modalidad 40, para lo cual se necesita en este caso haber cotizado bajo Ley del Seguro Social de 1973.
Además, no dejar pasar más de cinco años desde la fecha de baja, tener al menos 52 semanas de trabajo durante los últimos cinco años y haber dejado de de cotizar ante el Seguro Social.
En este caso, también el patrón debe de haber dejado de realizar aportaciones ante el IMSS, lo cual significa que el trabajador puede seguir laborando por honorarios.
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Una de las recomendaciones para ello tener un año sin cotizar cuando se acerca el periodo del retiro.
Es necesario ir a la subdelegación del IMSS a la que pertenezca cada trabajador para para darse de alta en la Modalidad 40.
Ahí, se debe de solicitar la inscripción en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, a través de lo cual se puede comenzar a realizar aportaciones voluntarias para el retiro.
JJ