León.- Si eres de los que suelen prestar tus tarjetas de crédito a tus amigos para que a su vez ellos realicen compras, deberías de considerar algunos aspectos.
A decir del presidente de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales, delegación Guanajuato, Edgar Ulises Hernández, esta es una situación recurrente, pero podría traer algunas consecuencias para quienes acceden a prestar sus tarjetas.
“Esta situación es muy recurrente. No digo que esté bien, pero es muy recurrente, se llama discrepancia fiscal y está regulada por artículo 91 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta”, comentó.
“Es cuando gasto más de lo que declaro o de lo que debí de declarar. Si yo tengo una tarjeta de crédito a mi nombre y estoy haciendo gastos de 100 mil pesos mensuales, pero de esos 20 mil son míos y 80 mil son tuyos, a los ojos de la autoridad el que está gastando soy yo”.
Indicó que el Sistema de Administración Tributaria está facultado para solicitar información a los contribuyentes en ese sentido.
Posteriormente, el SAT va a pedir demostrar de dónde se están gastando (por ejemplo, esos 100 mil pesos). “Y si nada más gano 20 y presté mi tarjeta, van y te preguntan a ti”, dijo.
Señaló que el SAT vigila el sistema financiero desde 2008, con depósitos a tarjetas de crédito y débito.
En caso de que no se compruebe precisamente de dónde sale el dinero gastado, es ahí cuando se puede constituir en un delito, manifestó el especialista.
“No es solamente una falta, inclusive se tipifica como delito de defraudación. Está considerada en el artículo 109, fracción primera del Código Fiscal, que dice que cuando hay discrepancia fiscal y la misma discrepancia fiscal no se pueda aclarar, en ese momento se comete el delito de defraudación fiscal equiparable.
“Es un delito, independientemente de que te van a fincar un crédito fiscal”, expresó.
Finalmente, explicó que dicha situación pudiera no aplicar cuando se le otorga alguna tarjeta de crédito adicional a algún familiar.
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