Guanajuato.- En redes sociales circula una publicación de un supuesto sitio web en el que, con solo ingresar alguna información, se puede saber si una persona es deudora alimentaria, pero ten cuidado, es falso.
El post de Facebook creado por un usuario atrajo la atención de muchas personas, sin embargo, las de mayor interacción fueron mujeres. “De nada, amigas” escribió el autor de la publicación que al día de hoy ha sido compartida 2.5 mil veces.
En la imagen engañosa se lee en la parte superior “Antes de Andar con un vato búsquenlo aquí” y un poco más abajo aparece el logo de Gobierno del Estado acompañado del de Poder Judicial del Estado de Guanajuato. En la parte inferior aparece la captura de pantalla de un sitio web de búsqueda de deudores alimentarios morosos.
De acuerdo con la imagen, lo único necesario para obtener la información es el nombre completo de la persona que se está investigando. El Poder Judicial del Estado confirmó que este sitio web no existe para Guanajuato. En realidad , la captura de pantalla pertenece a la página del Registro Civil de la Ciudad de México.
En el estado no hay disponible una plataforma para buscar esta información. En todo caso, para saber si alguna persona es deudora alimentaria tendría que consultarse en el Registro Civil de Guanajuato.
Reforman el Código Civil en materia de deudores alimentarios
Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso aprobó reformas al Código Civil para el Estado de Guanajuato, en materia de deudores alimentarios. Los aspectos principales de las modificaciones son:
-Quien incumpla con la pensión alimenticia sin justificación por 90 días será considerado deudor alimentario.
-La Dirección General de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías deberá inscribir la declaratoria de deudor alimentario en los inmuebles, en que este, sea propietario.
-Se inscribirá en el registro la demanda de pago de pensión alimenticia, la medida provisional del pago de pensión o la sentencia.
-El deudor alimentario declarado judicialmente como moroso, que acredite que han sido pagados sus adeudos, podrá solicitar a la autoridad la cancelación de la inscripción.
PR