León.- El 40 % de las cuentas de predial en el municipio de León presentan atrasos en su pago, y más de 49,000 inmuebles tienen más de 10 años sin pagar; otras 92,000 fincas no han cubierto el impuesto en 5 años, y el total de adeudos suma casi 2,000 millones de pesos.
Tan solo el monto anual que debería recibir el Municipio de León por ese impuesto asciende a casi 1,223 millones, así que los rezagos ya superan ampliamente a la cuenta normal, frenando el desarrollo de proyectos, obras y servicios urbanos.
Pero ¿hasta dónde llega la autoridad para hacer que los contribuyentes cumplan? Esto le pasó a Marcos, vecino de la colonia Lomas de la Piscina, a quien le fueron a embargar para que cubriera su deuda.
El olvido y el exceso de confianza en unas ocasiones, la falta de dinero en otras, motivaron que este contribuyente de la calle Capricornio fuera dejando de lado sus pagos. Tampoco acudió a negociar con la autoridad municipal para pedir una prórroga o rebaja, ni aprovechó la temporada de fin de año cuando los recargos son descontados.
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Un día le fueron a notificar que su casa estaba embargada, aunque no lo desalojaron y podría permanecer en ella.
Argumenta que no le llegaban notificaciones en las que se le llamara a ponerse al corriente, y este fue el punto que expuso cuando, como medida desesperada cuando su casa fue objeto de embargo, acudió ante un juzgado federal para promover un amparo. El juez de distrito admitió esta versión e hizo que la diligencia de embargo fuera revertida.
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Con esa lección, aprendida hace ya 5 años, Marcos acude de manera puntual a pagar el impuesto predial, que le llega de menos de 1,000 pesos al año. Ahora incluso exagera, pues antes del 3 de enero ya lo tiene pagado, y desde ahora que es primera quincena de diciembre, tiene listo su dinero.
Ha puesto más atención al cumplimiento de esta obligación y está al pendiente de todas las noticias al respecto; en un par de años será adulto mayor y ya piensa en acudir a tramitar la tarifa especial para ancianos.
Esto dice la ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato:
ARTÍCULO 93. Las autoridades fiscales, para hacer efectivo un crédito fiscal exigible y el importe de sus accesorios legales, requerirán al deudor, para que efectúe el pago dentro de los seis días siguientes a la notificación de dicho requerimiento y se le apercibirá que de no hacerlo, se le embargarán bienes suficientes para hacer efectivo el crédito fiscal y sus accesorios.
ARTÍCULO 94. Una vez transcurrido el plazo de seis días a que se refiere el artículo anterior, si el deudor no ha cubierto totalmente el crédito a su cargo, las autoridades fiscales procederán como sigue:
I. A embargar bienes suficientes para, en su caso, rematarlos, enajenarlos fuera de subasta o adjudicarlos en favor del fisco.
II. A embargar negociaciones con todo lo que de hecho y por derecho les corresponda, a fin de obtener, mediante la intervención de ellas, los ingresos necesarios que permitan satisfacer el crédito fiscal y sus accesorios legales.
Estos son los deudores
En el presente año, el catastro de León tiene registradas 590,608 cuentas, correspondientes a igual número de bienes inmuebles.
Las cuentas con rezago en el pago del impuesto predial son 240,063 actualmente, pero muchas de ellas ya pasaron de los 10 años sin pagar (49,202 cuentas) y otras deben entre 5 y 10 años (92,246 cuentas).
Dentro de sus facultades, el Municipio ha embargado 129,079 inmuebles, y en algunos de ellos ha procedido el remate, aunque esta cantidad no fue informada por la autoridad municipal.