ADULTOS MAYORES

Estos adultos mayores no recibirán su próximo pago de la pensión

El que las personas adultas mayores, reciban, apoyo económico a través de la entrega de una pensión no contributiva les ayuda a mejorar las condiciones de vida

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La Pensión del Bienestar es un programa social orientado en beneficiar a adultos mayores con 65 años y más con apoyos económicos. Esta ayuda, que constaba de una dispersión de recursos bimestral inició con un pago de 3,850 pesos en 2022, monto que ha ido incrementando gradualmente. En 2023 tuvo un incrementó de 25% para llegar a un total de 4,812.50 pesos, y a partir de este año, los depósitos son de 6,000 pesos.

Generalmente la mayoría de los nuevos productos financieros va enfocada a las nuevas generaciones o personas con una estabilidad laboral y económica sólida, pero ¿qué hay de los adultos mayores? ¿cuál es el manejo de sus finanzas?

De ahí que este programa social- Pensión del Bienestar- ha demostrado que la combinación de la entrega de un apoyo económico, la realización de acciones para aminorar el deterioro de la salud física y mental y el esfuerzo coordinado entre todo el sector público, mejoran efectivamente las condiciones de vida de las personas adultas mayores beneficiarias.

Hay que tomar en cuenta los datos del Consejo Nacional de Población que arrojan que para el 2050 la cantidad de adultos mayores en México alcanzará uno de sus puntos más altos con alrededor de 33 millones de habitantes que formarán parte de este sector poblacional, es importante orientar y/o apoyar a este sector a un buen manejo de sus finanzas porque una triste realidad es que, los adultos mayores cuentan con diferentes problemáticas entre las que destaca el tema financiero.

Adultos mayores no recibirán pago

Debido a que el apoyo de este programa está condicionado a ayudar a adultos mayores, NO es transferible a otro miembro de la familiar, por lo que vez el auxiliar del beneficiario deberá notificar el suceso, tramitar el acta de defunción y automáticamente se cancelará la ayuda gubernamental.

Esto es, cuando un adulto mayor pertenenciente a la Pensión Bienestar muere, el auxiliar necesita notificar al Banco del Bienestar de la defunción para que la tarjeta sea cancelada y el saldo a favor que hay en la cuenta sea entregado a la persona responsable del adulto mayor.

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Personas Adultas Auxiliares

De acuerdo con la Secretaría del Bienestar, estos son los requisitos que debe tener la persona que quedará registrada como adulto auxiliar:

1. Documento de Identificación vigente:

Credencial para votar o

Pasaporte vigente o

Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)

u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

2. Clave Única de Registro de Población (CURP).

3. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

4. Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, de acuerdo con lo establecido en el Formato Único de Bienestar

 

Pago de Marcha

En caso de fallecimiento de la persona derechohabiente, se entregará a la persona registrada como su auxiliar, por única vez el Apoyo Económico de Pago de Marcha.

¡Ojo! Si la persona derechohabiente no hubiera designado a un auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo.

Para la emisión del Apoyo Económico de Pago de Marcha, será indispensable que la persona auxiliar, no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente.

Pero el Pago de Marcha podrá ser solicitado por el auxiliar, presentando los siguientes requisitos:

Es muy importante que sepas que el adulto auxiliar o representante debe ser nombrado desde la inscripción al programa y es el propio adulto o adulta mayor quien lo nombra; para el caso de las personas con discapacidad, deberá hacerlo la madre, padre o tutores legales.