OPINIÓN

El cuidado ya es un derecho humano: así lo reconoce la Corte IDH

Los Ojos de Temis

Créditos: LSR Veracruz
Escrito en VERACRUZ el

Hay derechos que parecen tan obvios que cuesta entender por qué tardamos tanto en reconocerlos. El cuidado es uno de ellos. Nacemos dependiendo de alguien que nos alimente, nos vista o nos sostenga. Y morimos, en la mayoría de los casos, de la misma manera. Entre esos dos extremos, cientos de miles de personas sostienen silenciosamente la vida de otros: madres, padres, abuelas, enfermeras, vecinos, amigos. El cuidado ha estado ahí siempre; simplemente, hemos decidido ignorarlo.

Por eso la Opinión Consultiva 31/2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos representa un hito: por primera vez se reconoce que el cuidado es un derecho humano autónomo, , con tres dimensiones esenciales:

Tres dimensiones del cuidado:

1. Ser cuidado: toda persona tiene derecho a recibir atención digna, suficiente y de calidad que respete su autonomía.
2. Cuidar: quienes ofrecen cuidados —remunerados o no— deben hacerlo en condiciones dignas, sin explotación, con reconocimiento a sus derechos.
3. Autocuidado: toda persona debe disponer de tiempo, espacio y apoyo para procurar su propio bienestar físico, mental y cultural.

Este reconocimiento le da un rostro jurídico al alma que sostiene la vida entera.

Mujeres y hombres en el sistema de cuidados

Nunca hemos sido iguales frente al cuidado. Las estadísticas del INEGI lo demuestran con crudeza: el valor del trabajo doméstico y de cuidados equivale al 24.3% del PIB nacional, y las mujeres aportan el 72% de esa labor, frente a sólo el 28% de los hombres. Con ello sostienen la vida económica de nuestros hogares con una carga invisible e injusta.

También lee: El caso Israel Vallarta: una reflexión sobre las fallas del sistema de justicia

Este reconocimiento ahora obligará a que los Estados redistribuyan equitativamente esa carga y reconozcan el cuidado como trabajo, digno de derechos laborales y seguridad social.

ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP Y RECIBE LA INFORMACIÓN MÁS IMPORTANTE DE VERACRUZ

No es un gesto político: es una obligación jurídica expresa. Nuestra Constitución, en el artículo 1º, obliga a que los tratados internacionales se apliquen de forma directa. La Corte IDH lo confirma: el cuidado es un derecho humano autónomo, exigible. Esto implica que legislar, presupuestar e institucionalizar un Sistema Nacional de Cuidados no son opciones: son exigencias constitucionales.

Un sistema así debe garantizar servicios accesibles, transformar narrativas culturales y aliviar la carga histórica sobre mujeres y niñas.

Este pronunciamiento interamericano no es sólo doctrina: es una brújula vinculante para legisladores, jueces y autoridades. Reconocer el cuidado como derecho humano autónomo implica reconocer que sin cuidado no hay vida digna; sin dignidad, no hay justicia.

Temis lo sabe: cuidar no es un favor, es un derecho. Garantizarlo no es un acto de bondad, es deber constitucional.

Nota: INEGI, Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares de México (2022). Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/CSTNRHM/CSTNRHM2022.pdf

lm