TRABAJO EN MÉXICO

Reparto de utilidades 2024: ¿Cambia la fecha de entrega? Esto sabemos

Ante la pregunta de muchos trabajadores sobre si el reparto de utilidades se adelantará por la Semana Santa, la Profedet responde

El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón.
El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón.Créditos: LSR/Pixabay
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Las vacaciones de Semana Santa ya arrancaron, muchos estudiantes ya están de vacaciones, pero no es el mismo panorama para los trabajadores, pues no todos tienen vacaciones o días de descanso, si bien los que descansarán estos días es porque pidieron vacaciones de los días que les corresponde por ley al tener una relación de trabajo, mientras que otros descansarán el jueves y viernes Santo, eso sí, todo depende de su trabajo. 

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Sin embargo, descansen o no los gastos no paran, al contrario, aumentan para todos aquellos que saldrán de vacaciones o de puente a algún lugar, lo que quiere decir que deben de traer dinero en la cartera para solventar esos gastos y por eso muchos trabajadores se preguntan si el reparto de utilidades se repartirán antes de tiempo con la intención de ayudarse con los gastos "Santos". 

De igual forma, esa pregunta se hicieron los pensionados del IMSS y del ISSSTE, que querían saber qué día caerán sus pagos de pensiones correspondientes al pago de abril, pero lo que deben de tener presente es que los calendarios oficiales de pagos de ambos instituciones ya tienen definidas sus fechas de entrega y nunca existen cambios, al menos que suceda algo extraordinario. 

Lo mismo sucede con el reparto de utilidades, que de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajos (Profedet), es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

¿Se adelanta el reparto de utilidades

Muchos trabajadores se preguntan que debido a la Semana Santa el reparto de utilidades se puede adelantar para solventar los gastos que representan estas festividades, sin mebargo, la respuesta es no porque de acuerdo con la Profedet, este derecho que tienen algunos trabajadores se debe entregar a partir de: 

  • Para las personas morales (empresas), la obligación se genera a partir del primer día hábil de abril y hasta el último día hábil de mayo.
  • Para personas físicas (patrones), del primer día hábil de mayo al último día hábil de junio.

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Es decir, a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral, empresa, deben recibir sus utilidades, mientras que las personas que trabajan para una persona física, patrón, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio. 

Con esto se puede decir que las utilidades no se pueden adelantar por Semana Santa o por ningún otro motivo porque ya existe ante la ley un plazo de entrega y éste comienza una vez que ya pasó la Semana Santa fuerte, es decir, jueves y viernes Santo, días que algunos trabajadores descansarán si así lo permite su trabajo. 

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