HISTORIAS DE JUSTICIA

A Isabel le impidieron trabajar 33 años y su esposo le ofreció una pensión mínima, la Corte le hizo justicia

La mujer se casó en 1984 y su esposo la acostumbró a un nivel de vida que tras el divorcio no quiso sostenerle, la Suprema Corte le garantizó una pensión adecuada

Isabel no pudo ejercer su profesión por 33 años, mientras cuidó de sus hijos
Pensión alimenticia.Isabel no pudo ejercer su profesión por 33 años, mientras cuidó de sus hijosCréditos: Creada con Inteligencia Artificial de Canva
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Después de 33 años de matrimonio, Isabel presentó una demanda en contra de su aún esposo, Luis –ambos nombres ficticios– para que le entregara una pensión alimenticia. Luis, miembro activo de las Fuerzas Armadas, acostumbró a Isabel a vivir bien, se consideraban una familia de clase media alta y vivían en una zona residencial del municipio de Tlalnepantla, en el Estado de México. Pero al separarse, en 2017, Luis dejó de darle dinero a Isabel, bajo el argumento de ya no tener un lazo afectivo.

Isabel decidió demandarle una pensión alimenticia en su beneficio a Luis, pues sus hijos, Roberto y María (también nombres ficticios) ya eran mayores de edad, pero ella no trabajó ni ejerció su profesión por tres décadas, bajo un acuerdo matrimonial de “hacerse cargo de la crianza de los hijos y del orden en el hogar”.

Fue el 15 de noviembre de 2018 cuando el Juez Cuarto Familiar del Distrito Judicial de Tlalnepantla emitió una sentencia que resolvió darle a Isabel una pensión equivalente al 15% de los ingresos totales de su ya entonces exesposo. Isabel alegó que esa cantidad era insuficiente para mantener el nivel de vida al que estuvo acostumbrada 33 años y que, además, no tendría oportunidad de, a sus poco más de 60 años, comenzar de nuevo a ejercer su profesión.

Isabel apeló esa decisión y la Primera Sala Familiar Regional de Tlalnepantla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, emitió una nueva sentencia el 31 de enero de 2019. En esa, pidió la modificación de la sentencia inicial y condenó a Luis al pago de una pensión alimenticia equivalente al 20%. Eso tampoco era suficiente para Isabel.

Aunque Isabel se amparó ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, el amparo le fue negado. Su abogado llevó su caso a la Corte y, en 2019, el entonces ministro presidente Arturo Zaldívar consideró que el caso “no cumplía con los requisitos necesarios para su procedencia”.

Fue hasta el 24 de agosto de 2019 que la Corte admitió el recurso de reclamación de Isabel y lo turnó al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, integrante de la Primera Sala y quien calificó el caso como uno donde ninguna de las resoluciones judiciales, antes dadas en los tribunales locales, se hizo con perspectiva de género.

Violencia económica, avalada por la ley

La Silla Rota conversó con Lala Ramírez, especialista en resiliencia económica y fundadora de Emprende MOM; y Leslie Jiménez, abogada y colaboradora de Impunidad Cero y Denuncia.org, quienes coincidieron en que la violencia económica contra las mujeres, además de perpetuar otras violencias, constantemente es avalada por criterios judiciales y legales que siguen vigentes en México.

En la mesa de diálogo Violencia económica contra las mujeres: historia y retos actuales, que se transmitió en vivo este domingo 28 de enero, Leslie Jiménez apuntó que la violencia económica contra las mujeres no solo incluye el control del dinero o del gasto que genera una mujer en la colectividad de una familia, sino en el control del tiempo y de las tareas que se realizan.

“Cuando hablamos de violencia contra las mujeres no hacemos un hincapié sobre la violencia económica o patrimonial y pensamos que la violencia se manifiesta de una sola manera (…). Pero es precisamente esta violencia la que más limita a las mujeres para poder denunciar y salir de esos espacios, porque es a través del control del dinero que se sienten atadas a seguir en el entorno de violencia”.

Ambas especialistas aseguraron que el principal hito de violencia en materia económica, contra las mujeres, es que piensa que el trabajo de casa y la crianza de los hijos no es un trabajo.

“El tema con la violencia económica es que es silenciosa, no es una violencia que nos haya dado datos tan certeros como otras violencias y tiene mucha carga cultural. Las tareas de cuidados no son reconocidas como un trabajo que merezca ser remunerado”, comentó Lala Ramírez.

 Una vida decorosa, el pago por la crianza

Dentro de su inconformidad, Isabel alegó que el otorgarle 15% o 20% de los ingresos de Luis no era suficiente para garantizarle una vida decorosa y, al menos, con el nivel que había llevado por los años que crió y cuidó de los hijos que procreó con su esposo, actividad por la que dejó en segundo plano su desarrollo profesional. Por ello, consideró que la resolución del Juez Cuarto Familiar del Distrito Judicial de Tlalnepantla y la Primera Sala Familiar Regional vulneraron su “derecho humano a una vida digna y decorosa, legalidad, seguridad jurídica, y al debido proceso e impartición de justicia”.

En ese sentido, el proyecto de sentencia que armó el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, determinó que en las sentencias “se debe priorizar el entorno social en el que se desenvuelve la familia con el fin de determinar el monto con el que se cubrirán las necesidades vitales familiares, lo que incluye la satisfacción del derecho a una vida decorosa”. Hacer lo contrario, constituiría un acto de discriminación hacia Isabel.

El ministro González Alcántara consideró que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Estado de México “pasó por alto elementos ineludibles que permiten juzgar en condiciones de igualdad”.

“Una de las herramientas para juzgar en condiciones de igualdad, es el análisis de los casos bajo el método de perspectiva de género. Mediante el cual se busca garantizar, sin discriminación alguna, el derecho de las mujeres al acceso a la tutela judicial efectiva”.

“Este derecho humano a recibir justicia bajo un método con perspectiva de género deriva expresamente de los artículos 1 y 4, párrafo primero, de la Constitución y en su fuente convencional en los artículos 2,  6  y 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”.

La violencia económica se normaliza

Lala Ramírez, también columnista de La Cadera de Eva, alertó que 30% de las mujeres en México viven bajo una situación de violencia patrimonial o económica. Esto puede ser consecuencia de que la remuneración por el trabajo de cuidados y el tema de independencia económica es un tema tabú en la sociedad mexicana. Que una mujer reclame ser sostenida a nivel económico si se queda en casa a cuidar a los hijos y del hogar, es mal visto.

“Las mujeres se ven imposibilitadas para conseguir un trabajo luego de vivir una situación de este tipo. Porque si tú dejaste de trabajar hace 10 o 15 años, el mercado se murió, no tuviste oportunidad de avanzar o de tener crecimiento profesional. No solo te afectan en el tiempo presente, sino a futuro”.

“Sucede también que, hablar de dinero, es un tema escabroso en este país. Nos incomoda, no nos gusta, no nos hace sentir que sea algo a lo que tenemos derecho. Desde nuestra infancia como mujeres nos han hecho creer que nuestro dinero debe ser administrado por alguien más. Pero la consecuencia más grave es que, mientras una mujer dependa económicamente de alguien más, no puede tener libertad”.