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¿Necesitas servicios funerarios? Profeco te dice que deben de ofrecerte

Conoce cuales son los tipos de servicios funerarios que hay en México, así como cuales son las cuestiones y parámetros que te deben de otorgar al contratarlos

Créditos: LaSillaRota
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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), ha lanzado en su revista del mes de noviembre, ciertos parámetros, así como costos que ofrecen los servicios funerarios en el país, si estás planeando adquirir un plan para el momento de tu fallecimiento o solo quieras conocer el costo aproximado, esta información te va a interesar.

De acuerdo con una definición propia de la revista del consumidor, los servicios funerarios son: “Es el manejo, tratamiento, preparación, traslado y otros servicios que prestan las agencias funerarias (públicas o privadas) desde que ocurre la muerte de una persona hasta su entierro o cremación. En todos los casos incluye el suministro de bienes y servicios complementarios para tal fin”.

¿Cuáles son los tipos de servicios funerarios que existen?

Como se mencionó anteriormente, existen dos tipos de servicios funerarios. En primera instancia están los servicios funerarios inmediatos, como su nombre lo dice, esta modalidad se usa cuando el deceso de una persona ya ocurrió y es necesario que se le dé una despedida.

Existen otro tipo de servicios que son los de futuro y previsión, estos se obtienen como una forma de prevención antes de que ocurra el deceso de la persona. Regularmente se adquiere a plazos y en pagos divididos. Por supuesto que el contratar ese tipo de servicios hará que los familiares, amigos o personas encargadas no se preocupen por la organización de un funeral puesto que todo ya está debidamente planeado.

¿Qué debe de incluir un servicio funerario inmediato?

De acuerdo con la Profeco, este tipo de servicios te debe de ofrecer ciertas comodidades y aspectos que son necesarios en un funeral, toma en cuenta cuales son para que no se aprovechen de la situación; como recomendación, verifica que la funeraria este debidamente establecida y regulada por la ley. Lo que se te debe incluir es:

  • Urna o ataúd
  • Admisión y traslado del cuerpo
  • Preparación estética del cuerpo
  • Embalsamiento
  • Conservación transitoria
  • Uso de capillas o salas de velación
  • Servicio de inhumación, exhumación y/o cremación ofrecida por la agencia o un tercero, de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables
  • • Servicios de oficina para el traslado y disposición final de los cuerpos con autorización escrita por el consumidor
  • Derechos de uso de lotes o fosas de panteón, criptas, nichos para depositar cuerpos, cenizas o restos humanos por un tiempo determinado o para siempre
  • • Colocación de lápidas, monumentos y placas de identificación
  • • Transporte para acompañantes
  • Servicios funerarios de asistencia

El precio de los servicios funerarios dependerá de la inmediatez necesaria, los servicios adicionales adquiridos y otras amenidades; en el área metropolitana de la Ciudad de México, el rango de precios por estos servicios es de $2,664 y hasta un máximo de $53,394.

La Profeco recomienda el uso de apoyos económicos que da el gobierno, a saber: Si eres trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) pregunta por las prestaciones y/o apoyos en este tema.

DJC