LEY AIRBNB

"Ley Airbnb" va contra la gentrificación en CDMX: Reglas que debes cumplir como anfitrión

La CDMX ya inició la regulación del hospedaje temporal a través de plataformas como Airbnb o Booking, mediante un padrón de anfitriones que "empareja" la competencia con hoteles establecidos

Créditos: ESPECIAL
Escrito en METRÓPOLI el

A partir de este jueves 4 de abril entra en vigor el decreto que reforma la Ley de Turismo del Distrito Federal, el cual busca reducir la gentrificación en la Ciudad de México y regula a todas las plataformas digitales que ofrecen servicio de hospedaje temporal como Airbnb, Booking, Tripadvisor o Trivago.

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Según anunció la Jefatura de Gobierno, a partir de hoy estas aplicaciones están obligadas, entre otras cosas, a reportar semestralmente la ocupación de los inmuebles, noches ocupadas, quejas recibidas y el número de cuartos, casas o departamentos que se ofrecen en toda la capital del país.

Y es que, aunque no se especifica todavía el monto de las sanciones por incumplir con las nuevas regulaciones, los anfitriones y plataformas serán supervisados por el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (Invea), quien tendrá la facultad de emitirles una amonestación, multa o suspensión.

Así, con una lupa sobre los servicios de alojamiento fuera del gremio hotelero, se busca evitar que la gentrificación crezca y, con ella, la competencia desleal en el entorno turístico, pues ante la llegada de nuevos pobladores con mayor poder adquisitivo y los "nómadas digitales" extranjeros que desplazan cada vez más a los habitantes capitalinos, preocupa el aumento de las rentas que, según mediciones de Homie, son de más del 30% desde 2023, con precios de alquiler para periodos cortos de hasta el 40%, lo que habla de una alta demanda en la renta temporal y la poca accesibilidad de vivienda en muchas colonias de la CDMX.

Las nuevas obligaciones de Ley: ¡Toma nota!

  • Las plataformas de hospedaje temporal deberán registrarse en el Padrón de Plataformas Tecnológicas y presentar informes ante la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México. 
  • Los propietarios de inmuebles ofertados en estas apps deberán registrarse en el Padrón de Anfitriones.
  • Se limitará la renta de las viviendas a 255 noches por año y a sólo 6 inmuebles por anfitrión.
  • Se deberá tener un seguro de responsabilidad civil en los inmuebles.
  • Los vecinos de cada espacio deben ser notificados de que la propiedad se está rentando en plataformas digitales.
  • Los anfitriones deberán entregar a las plataformas digitales la constancia de empadronamiento para poder rentar inmuebles.
  • Las Personas Físicas o Morales deberán incluir el concepto de "anfitriones" en el SAT.
  • Los anfitriones deben garantizar que las instalaciones son seguras e higiénicas para los turistas.
  • La información publicada debe ser detallada en precios, características y reglas de uso del lugar.
  • Se comprometen a proteger los datos personales de los turistas. 
  • Cada inmueble debe tener en un lugar visible los números de emergencia de la CDMX, los de contacto del anfitrión o de su representante, así como que el sitio está aprobado por la Secretaría de Turismo. 
  • El anfitrión debe asegurar que los espacios en renta no se utilicen para actividades que alteren el orden o afecten el interés de las comunidades registradas.

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