PRESTACIONES

Reparto de utilidades en Guanajuato: a estos trabajadores no les tocará

El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores que se entrega en el mes de mayo, pero hay algunos empleados que no recibirán esta prestación

El reparto de utilidades no lo reciben todos los trabajadores.
El reparto de utilidades no lo reciben todos los trabajadores. Créditos: Especial
Escrito en GUANAJUATO el

Guanajuato.- Entre las prestaciones de los trabajadores que están contempladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT) se encuentra el reparto de utilidades pero esta prestación no se entrega a todos los trabajadores por su situación laboral.

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La Ley Federal del Trabajo contempla que las prestaciones son obligaciones que los empleadores deben cumplir con sus trabajadores y es el caso del reparto de utilidades que esperan muchos empleados en Guanajuato y la reciben en los meses de mayo y junio.

De acuerdo a la LFT, los trabajadores tienen el derecho de recibir parte de las ganancias que genera la empresa para la que están empleados, pero no todos recibirán esta prestación.

Esta prestación la determina la la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y es del 10 por ciento de las utilidades netas que generó la empresa.

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La cantidad que será destinada al reparto de utilidades se repartirá a los trabajadores en 2 partes iguales, una se distribuirá de manera igual entre todos y para esto será tomado en cuenta los días que cada empleado laboró en el año y es independiente de la cantidad de los salarios.

La otra parte se repartirá en proporción a la cantidad de los salarios que ha devengado el trabajador en el periodo del año.

¿Quiénes no recibirán reparto de utilidades?

A pesar de que el reparto de utilidades es un derecho que se tiene contemplado en la Ley Federal del Trabajo hay trabajadores que no recibirán esta prestación y es por su relación laboral.

  • Directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas de la empresa.
  • Trabajadores eventuales. Son quienes hayan trabajado menos de 60 días en la empresa.
  • Trabajadores domésticos. Son quienes prestan servicios en el hogar realizando tareas de limpieza, administración del hogar, cocina y/o cuidado de niños o adultos.
  • Profesionistas técnicos. Son los que presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin una relación de trabajo subordinado.

Está estipulado en la LFT que el reparto de utilidades debe entregarse en los primeros 60 días posteriores a la fecha de que la empresa haga su declaración anual o pago de impuestos, sin embargo, esta fecha puede variar pues la Ley Federal del Trabajo indica que esta prestación debe entregarse entre el 1 de abril y 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

CM