PLAGIO DE ROPA

Acusan indígenas a Dior de plagiar y “mutilar” vestimenta de Zinacantán

Denunciaron que la marca le hizo ligeras modificaciones a la prenda y la etiquetaron como una creación propia, para luego presentarla el pasado 20 de mayo en el Antiguo Colegio de San Ildefonso en la Ciudad de México

Denunciaron que la marca le hizo ligeras modificaciones a la prenda y la etiquetaron como una creación propia, para luego presentarla el pasado 20 de mayo en el Antiguo Colegio de San Ildefonso en la Ciudad de México
PLAGIO DE MARCA.Denunciaron que la marca le hizo ligeras modificaciones a la prenda y la etiquetaron como una creación propia, para luego presentarla el pasado 20 de mayo en el Antiguo Colegio de San Ildefonso en la Ciudad de México Créditos: Especial
Escrito en ESTADOS el

TUXTLA GUTIÉRREZ.- Pobladores y artesanos del municipio de Zinacantán, Chiapas, acusaron a la marca Dior de apoderarse y hacer cambios a una indumentaria conocida como “pok’u’ul”, en contubernio con Pedro Meza, originario de Tenejapa.

En un extenso comunicado, advirtieron que a la prenda le hicieron ligeras modificaciones y la etiquetaron como una creación propia, para luego presentarla el pasado 20 de mayo en el Antiguo Colegio de San Ildefonso en la Ciudad de México con una colección de prendas inspiradas en la cultura mexicana (haciendo énfasis en Frida Kahlo y del feminismo).

De hecho, la presentación fue parte de la “Colección Crucero 2024”, de María Grazia Chiuri, durante se resaltó la colaboración de artesanos y artesanas de Oaxaca, Puebla y Chiapas.

De acuerdo con los denunciantes, en la “Colección” se incluye una prenda masculina tsotsil perteneciente a Zinacantán, la cual es portada por una modelo.

Detalló que, dentro de los “ligeros cambios y mutilaciones”, aparece con la abertura central más larga de lo normal, a diferencia de cómo lo usan los zinacantecos, los “snich” cortados a la mitad, es decir las borlas que cuelgan de los lados y unen cada lado de la prenda y, asimismo, le añadieron un cinturón.

Ante esto, detallaron que se da a conocer que la prenda fue hecha en colaboración con artesanos y artesanas de la cooperativa “Sna Jolobil”, en San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, e incluso le dan los créditos de la elaboración de la prenda a Pedro Meza, de Tenejapa, “es decir, una persona ajena al municipio de Zinacantán, mismo que lo nombra como ‘gabán’, ignorando el verdadero nombre usado por los portadores de esta prenda, ‘pok’u’ul/pok’u’il’”.

En la cuenta de Instagram de María Crazia Chiuri, menciona en inglés, pero ya traduicido al español, lo siguiente: “Para la última colección hemos colaborado con Don Pedro y artesanos de Sna Jolobil en Chiapas para crear una reinterpretación del icónico Dior Bar Jacket.)”

En ese sentido, reiteraron el plagio o apropiación de su vestimenta tanto en forma como en el diseño, es decir desde las flores, los colores y todos los elementos que presenta.

“Al señor Pedro Meza, a pesar de ser un personaje que conoce claramente estas cuestiones y que tiene más de 30 años en esta labor, se le hizo fácil tomar una prenda existente, adjudicar un nombre (banalización y desautentificación) y recrearlo como diseño propio o como trabajo de su cooperativa ‘Sna Jolobil’. Por estas razones, él es responsable y cómplice de la banalización, desautentificación, apropiación y plagio de esta pieza textil zinacanteca”.

 

¿QUÉ DICE LA LEY?

Para evitar los plagios y la apropiación del patrimonio cultural de los pueblos indígenas que se han registrado en años anteriores, los inconformes recordaron que el 17 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, donde se define el patrimonio cultural como:

“El conjunto de bienes materiales e inmateriales que comprenden las lenguas, conocimientos, objetos y todos los elementos que constituyan las culturas y los territorios de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, que les dan sentido de comunidad con una identidad propia y que son percibidos por otros como característicos, a los que tienen el pleno derecho de propiedad, acceso, participación, práctica y disfrute de manera activa y creativa.”

Sobre la apropiación indebida del patrimonio cultural, se define como: “la acción de una persona física o moral nacional o extranjera, por medio de la cual se apropia para sí o para un tercero, de uno o más elementos del patrimonio cultural, sin la autorización del pueblo o comunidad indígena o afromexicana...”.

Además de señalar a la marca Dior por este acto, advirtieron que también tienen mucha culpa otras instancias como la Secretaría de Cultura y de las instituciones involucradas.

“A las y los artesanos y las comunidades de la cultura zinacanteca nos indigna ver este tipo de acciones y denominamos como apropiación cultural lo acontecido, ya que ésta forma parte de nuestro patrimonio cultural y también es un elemento importante en la identidad de nuestro pueblo, tiene una carga histórica, un valor sentimental, ceremonial y hereditario para nosotros y nosotras”.

Por ello, solicitaron que la marca antes mencionada nombre a la prenda con el nombre correcto y exponga que el diseño no es de su autoría y de ninguno de sus colaboradores y que las instituciones gubernamentales encargadas del cuidado del patrimonio cultural se pronuncien a favor de la solicitud.

Además, demandaron que se realicen las investigaciones pertinentes para dicha colaboración puesto que no se realizó bajo una consulta previa, libre e informada a todo Zinacantán.