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¿Vas a presentar tu declaración anual? Checa este anuncio del SAT

Una declaración anual de personas morales es el informe que hacen las empresas de todas las acciones que se hicieron durante el ejercicio fiscal anterior

Escrito en DINERO el

Desde el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024, las personas morales pueden presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 y para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que se realizaron algunas actualizaciones y mejoras para su presentación, así que está información te interesa.

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Recuerda que la declaración anual es un reporte en el que se detallan los ingresos y gastos que el contribuyente tuvo en el ejercicio fiscal anterior. Hoy en día es posible presentar dicha declaración desde la comodidad del hogar a través de la página de internet del SAT.

¿Qué incluye la declaración anual? Según el formato solicitado por el SAT, la declaración anual debe contener:

  • Ingresos
  • Deducciones personales
  • Pagos provisionales
  • Retenciones

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Checa estos cambios

De acuerdo con el SAT:

  • Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  • Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
  • Eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  • Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  • Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  • Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.
  • Para realizar el envío de la declaración es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

¡Ojo! Adicionalmente, es necesario que los contribuyentes personas morales cuenten con un servicio de banca electrónica, toda vez que, de obtener un saldo a cargo, debe pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

Puntos clave a tener en cuenta en la Declaración Anual de Personas Morales

La autoridad recomienda trabajar en esta declaración de impuestos durante enero, febrero y marzo de cada año para cumplir con la fecha límite de presentación y evitar contratiempos que puedan dar lugar a retrasos.

En comparación con las Personas Físicas, las Personas Morales tienen una mayor carga administrativa y más responsabilidades legales y fiscales. Esto implica invertir más tiempo en la preparación, registro y recopilación de información, así como completar los anexos requeridos.

Aunque las empresas y sus equipos contables están familiarizados con esta obligación fiscal, es crucial realizar el trabajo con anticipación para evitar la presentación de declaraciones complementarias para corregir errores u omisiones, en caso de que los haya. También es importante estar preparados para responder a invitaciones del SAT para revisar la información enviada.