SAT PRESTAMOS IMPUESTOS

La advertencia del SAT para quienes acaban de recibir algún préstamo

los préstamos no se consideran como ingresos acumulables, por esta razón no se debe cumplir con alguna obligación fiscal, sin embargo, hay algunos que sí deben ser declarados

Créditos: Especial
Escrito en DINERO el

Muchas veces las personas recurren a pedir algún préstamo para cubrir o completar un gasto que puede ser imprevisto o planeado para adquirir algún bien o servicio necesario para el desarrollo de algún emprendimiento. No obstante, esta práctica se ha vuelto más recurrente en las finanzas de los mexicanos, pero hay algo que dice el SAT y que debes saber

En este sentido, esta actividad puede ser por parte de alguna institución financiera, así como de alguna persona conocida por el solicitante, regularmente familiares o amigos. Pero hay algo que muchas personas que recurren a esta práctica desconocen, por lo cual aquí te comentamos más detalles con relación al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los préstamos.

De entrada, debes saber que los préstamos no se consideran como ingresos acumulables, por esta razón no se debe cumplir con alguna obligación fiscal. Sin embargo, aunque por este dinero no se pagan impuestos, lo recomendable es guardar toda la documentación para que este tipo de transacciones se pueda respaldar.

LEE TAMBIÉN: ¿El SAT va por las ganancias de los ahorradores?

Foto Ilustrativa: Especial

De tal manera que al contar con los documentos como el contrato del préstamo puede contribuir a demostrar que el préstamo es legal dado el caso de que el SAT realice una verificación. Cabe señalar que hay préstamos que sí se deben declarar ante este órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la cual es la máxima autoridad fiscal del cobro de impuestos en nuestro país.

  • Es obligatorio declarar los préstamos superiores a 600,000 pesos, los cuales son acumulables
  • Cuando el contribuyente reciba un préstamo de 600,000 pesos tendrá un plazo de 15 días para declararlos
  • Si no se hace la declaración, se considera ingreso acumulable y se deberá pagar impuestos por el dinero recibido

¿Cuáles son los delitos fiscales que te pueden llevar a prisión?

Con relación a las malas prácticas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) existen sanciones que puede llevar a los contribuyentes a pisar la cárcel, de los cuales 4 casos son los que podrían causar esta mala experiencia:

  1. Cambio de domicilio fiscal: el SAT debe contar con el domicilio actualizado para mantener comunicación, cobrar cantidades omitidas o revisar su contabilidad.
  2. Defraudación fiscal: este delito hace referencia a las acciones de mentir a la SHCP, debido a la evasión de cualquier pago de contribución, es decir, hacer omisión de ingresos tributarios y dejar de pagar lo que le corresponde pagar.
  3. Falsificación de facturas: se refiere a los documentos que dan supuesto respaldo a operaciones que no ocurrieron pueden recibir una sanción que va de 2 a 9 años de prisión.
  4. Contrabando: esta práctica se manifiesta en la introducción de mercancías al país de manera ilegal, la sanción va de los 3 meses a los 9 años de cárcel.
Foto Ilustrativa: Especial

BV