CONGRESO DE VERACRUZ

Con esta nueva reforma en Veracruz, madres podrán pedir más fácil descansos por lactancia

El Congreso de Veracruz aprobó cambios para que madres trabajadoras puedan conservar sus descansos por lactancia después de los seis meses sin presentar un certificado médico formal, con el fin de evitar obstáculos laborales y administrativos

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XALAPA, VER.-- El Congreso de Veracruz aprobó modificaciones a la Ley para el Fomento, Apoyo y Protección de la Lactancia Materna con las que se flexibiliza el trámite que deben realizar las madres trabajadoras para mantener los descansos laborales destinados a la alimentación de sus hijos después de los seis meses de nacimiento.

Con la reforma aprobada este jueves, las mujeres ya no estarán obligadas a presentar un certificado médico formal para acreditar la continuidad de la lactancia materna, sino cualquier documento expedido por personal médico de una institución pública.

La legislación vigente ya contemplaba la posibilidad de que las madres continuaran accediendo a los reposos extraordinarios después del sexto mes de lactancia; sin embargo, el requisito estaba limitado a la entrega de un certificado médico formal cada dos meses.

Ahora, el texto aprobado establece: “Para gozar de los reposos y/o descansos extraordinarios, posterior a los seis meses de lactancia, la trabajadora debe acreditar la práctica de la lactancia materna efectiva, mediante documento expedido por médica o médico de institución pública y copia del acta de nacimiento del menor, que presentará a su centro de trabajo cada dos meses”.

Con este cambio, las trabajadoras podrán presentar otros documentos oficiales, como constancias o notas médicas, para comprobar que continúan alimentando a sus hijos con leche materna.

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Durante la discusión de la reforma, se explicó que la modificación busca facilitar el acceso a este derecho laboral y evitar obstáculos administrativos que compliquen la continuidad de la lactancia.

En la exposición de motivos se señala que, aunque la Ley Federal del Trabajo reconoce el derecho a reposos extraordinarios para la alimentación de los hijos, resulta necesario fortalecer la protección de las mujeres frente a posibles actos de discriminación o violencia laboral relacionados con la maternidad.

Además, se argumentó que impedir o limitar el periodo de lactancia puede constituir una vulneración a los derechos de las mujeres, de acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La Comisión de Salud y Asistencia del Congreso local sostuvo que la lactancia materna contribuye al fortalecimiento del vínculo entre madre e hijo y ayuda a reducir enfermedades, por lo que garantizar condiciones laborales adecuadas representa también una medida de salud pública.

La reforma mantiene vigente la obligación de presentar cada dos meses la documentación médica correspondiente y la copia del acta de nacimiento del menor para acceder a los descansos laborales por lactancia

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