XALAPA, VER.- En maratónica sesión, magistradas del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV) resolvieron 49 recursos de inconformidad relativos a las elecciones de 27 diputados locales en Veracruz.
En la reunión de trabajo, fueron dos RIN los que generaron polémica, el primero relativo a la elección de Xalapa I, y el segundo por el resultado de la elección del distrito de Coatzacoalcos I, donde la magistrada Claudia Díaz Tablada expuso una serie de irregularidades que van desde la pérdida de los documentos de la demanda, hasta la indebida instrucción en el análisis de las quejas de los partidos políticos.
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El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV) es el responsable de calificar las elecciones de diputados locales y gobernador. Este vienes 16 de agosto revisaron los recursos de inconformidad relativos a los distritos de: Rio Blanco, Huatusco, Santiago Tuxtla, Minatitlán, Tuxpan, Tantoyuca, Zongolica, Alvarado, Misantla, Xalapa I, Orizaba, Poza Rica, Perote, Cosoleacaque, Papantla, Emiliano Zapata, Córdoba, Veracruz I, San Andrés Tuxtla, Martínez de la Torre, Acayucan, Xalapa I, Xalapa II, Pánuco, Veracruz II, Coatzacoalcos I, Álamo.
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Al hacer un análisis de los expedientes, las magistradas determinaron que en algunas casillas se habían configurado algunas causales de nulidad que, según el código electoral son: instalar la casilla, sin causa justificada, en un lugar distinto al señalado por el consejo distrital respectivo; entregar, sin causa justificada, el paquete electoral con expedientes de casilla a los Consejos Distritales o municipales del Instituto fuera de los plazos que este Código señala.
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Realizar, sin causa justificada, el escrutinio y cómputo en local diferente al determinado por el consejo distrital respectivo; recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección; la recepción de la votación por personas u organismos o distintos a los facultados por este Código.
También se puede anular la votación de una casilla: cuando se comprueba que existió dolo o error en el escrutinio y cómputo o, en su caso, en el cómputo final de los votos que beneficie a uno de los candidatos o fórmula de candidatos, y esto sea determinante para el resultado de la votación; permitir sufragar sin credencial para votar o permitir el voto a aquellos cuyos nombres no aparezcan en la lista nominal de electores, salvo los casos de excepción previstos en este Código, y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación.
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Incluso, haber impedido el acceso a los representantes de los partidos políticos o haberlos expulsado sin causa justificada; ejercer violencia física o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores, siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación; o cuando se impidió, sin causa justificada, ejercer el derecho de sufragio a los ciudadanos y esto sea determinante para el resultado de la votación.
Y finalmente, se invalidan los votos cuando existan irregularidades graves y plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo que, en forma evidente, pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes para el resultado de la votación.
Por lo anterior, se ordenó anular la votación en algunas casillas en los distritos electorales de: Huatusco (1), Tuxpan (3), Misantla (1), Orizaba (1), Córdoba (1), Veracruz I (5), Veracruz II (1), Tantoyuca (4), Zongolica (5), Poza Rica, Santiago Tuxtla (2), Minatitlán (1), Alvarado (4), Perote (2), Papantla (2), Coatzacoalcos I (1), Pánuco (2).
Se ordenó modificar el cómputo final, pero en todos los casos se confirmó la entrega de constancia de mayoría de las fórmulas ganadoras, en su mayoría de la coalición Sigamos Haciendo Historia, conformada por Morena, PT y partido Verde Ecologista.
Además, se confirmó el resultado de los cómputos distritales de Acayucan, Álamo, Tantoyuca, Cosoleacaque, Emiliano Zapata, San Andrés Tuxtla, Martínez de la Torre, Xalapa I, Xalapa II, Rio Blanco.
En una sesión anterior, ya se habían confirmado los cómputos distritales de otros tres distritos, con lo que este viernes el TEV concluyó con la calificación de la elección de las diputaciones locales.
Los partidos políticos podrán recurrir a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para impugnar las sentencias del TEV.
mb