XALAPA, VER.- La presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSEJ), Lisbeth Aurelia Jiménez Aguirre, convocó a una rueda de prensa este lunes 7 de agosto para revelar que durante las últimas dos semanas 30 presuntos secuestradores, pederastas y homicidas fueron liberados de prisión para continuar sus procesos desde casa: en resguardo domiciliario.
La magistrada explicó con preocupación el problema que tiene frente a ella. A través de sus abogados, los 30 imputados promovieron amparos ante jueces federales y estos a su vez les concedieron suspensiones provisionales que dejaron sin efecto la medida cautelar que los mantenía en penales estatales (prisión preventiva) y, en consecuencia, fueron liberados.
Estos amparos promovidos surgen tras un fallo histórico de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el cual exhortó a las autoridades mexicanas a eliminar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por considerar que esta figura viola los derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial.
En consecuencia, jueces federales han comenzado a instruir a sus símiles en las entidades a aplicar cualquiera de las otras 13 medidas cautelares que contempla el Código Nacional de Procedimientos Penales, artículo 155 de, las cuales son:
- La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe
- La exhibición de una garantía económica
- El embargo de bienes
- La inmovilización de cuentas
- La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez
- El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada
- La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares;
- La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa
- La separación inmediata del domicilio
- La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos
- La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral
- La colocación de localizadores electrónicos;
- El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga
Al respecto, Lisbeth Jiménez Aguirre refirió que esto es apenas el comienzo de una cascada de suspensiones provisionales, en la cuales, los jueces locales a su cargo deberán acatar de inmediato las resoluciones, o en consecuencia serán procesados penalmente. Por ello, hizo un extrañamiento institucional al Poder de la Federación y pidió a los jueces federales resolver de fondo cada uno de los amparos promovidos por las personas detenidas y además velar por los derechos de las víctimas.
“A nosotros no nos queda más que acatar de inmediato e imponerles cualquier medida cautelar menos la prisión preventiva. El tema es que estamos hablando de delitos muy graves: secuestro, homicidio doloso, pederastia y privación de la libertad. El viernes (4 de agosto) llegó uno, para variar la medida cautelar de una persona que abusó de un menor y lo privó de la vida”, aseveró.
La magistrada presidenta manifestó dos de sus preocupaciones. Primero que las suspensiones provisionales llegan en un machote. “¿Lo hacen muy a la ligera, ni si quiera ponen el delito. Yo me pregunto, ¿y dónde están los derechos de las víctimas y de todos los demás ciudadanos?”. En segundo lugar, alertó que esto podrá impactar en los ciudadanos que se convencen en denunciar un delito.
“El mensaje social es delicado porque de por sí la gente no denuncia, porque concurrir ante las autoridades a veces es un trámite largo; poner una denuncia, llevar pruebas. Ya la víctima se animó a denunciar y ahora en el juzgado, con un amparo, ven que sale el detenido. Eso también disuade a una víctima de acudir a un juicio. Les da temor”.
De acuerdo con Jiménez Aguirre, los juzgadores locales están apostando por la medida cautelar de resguardo domiciliario, sin embargo, eso genera utilizar a policías de la Secretaría de Seguridad Pública del estado (SSP) o a policías ministeriales de la Fiscalía General del Estado (FGE) quienes, dijo, deberían en lugar de resguardar a imputados, realizar tareas de investigación para aportarlas en los juicios.
“Yo entiendo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado de una manera en torno al abuso de la prisión preventiva oficiosa, sí, estoy de acuerdo en que no se debe abusar, que se deben sopesar determinadas circunstancias en cada caso en concreto, pero aquí los jueces federales lo hacen de antemano (…) bajo la elaboración de formatos genéricos y no de estudio del caso en concreto”.
La togada insistió en poner sobre la mesa en casos que involucran a presuntos secuestradores o pederastas. “Si a un secuestrador le varías la medida cautelar de prisión preventiva obvio tratará de evadirse de la justicia, porque no le interesa regresar a juicio porque sabe que lo menos que enfrenta en un juicio son 50 años”.
“Cuando son temas de pederastia, si mandas al imputado a resguardo domiciliario muchas veces debes regresarlos al núcleo donde está la víctima. A veces los presuntos agresores son el tío, el papá, el hermano”, culminó.
ch