XALAPA, VER.- Los 212 ayuntamientos de Veracruz tendrán entre sus obligaciones la instalación de bebederos o depósitos de agua en los municipios, a fin de garantizar el vital líquido a la población, especialmente a quienes hagan ejercicio. Esto, a partir de que el pleno del Congreso local aprobó, con 44 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, reformar la fracción VIII Bis del Artículo 27 de la Ley del Sistema Estatal de Cultura Física y Deporte del Estado.
Durante la II sesión ordinaria del segundo año de labores, las y los diputados respaldaron el dictamen signado por la Comisión Permanente de Juventud y Deporte y Atletas con Discapacidad que, a su vez, deriva de la iniciativa de reforma presentada por el diputado Juan Javier Gómez Cazarín, el 29 de septiembre de 2022.
La propuesta del presidente de la Junta de Coordinación y suscrita por la instancia dictaminadora busca promover un mayor involucramiento de las autoridades municipales en apoyo a las personas que realizan alguna actividad física deportiva para facilitarles la hidratación.
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A partir de esta reforma, los ayuntamientos deberán garantizar, conforme a su disponibilidad presupuestal, la existencia de bebederos o depósitos suficientes y con suministro continuo y gratuito de agua potable en instalaciones deportivas municipales, parques públicos y vialidades.
Respecto a la actividad física, el dictamen destaca los beneficios físicos y mentales que se producen con dicha práctica: aumenta la capacidad aeróbica; agiliza el metabolismo, genera energía, mejora la salud del corazón y la circulación sanguínea, fortalece los huesos y reduce los riesgos de osteoporosis; produce la oxigenación del cerebro, genera mayor masa muscular y, por consiguiente, tonifica los músculos, combate de forma natural a la hipertensión, la diabetes y el colesterol dañino, fortalece el sistema inmune, previene el deterioro cognitivo, aumenta la capacidad de concentración, mejora la audición, disminuye el insomnio, evita el estrés y la ansiedad y aumenta el autoestima.
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Acerca de la necesidad de agua en el organismo, refiere información del Instituto Agua y Salud de España, según el cual, después de correr una hora el organismo llega a perder cerca de 1.8 litros, por lo que, si no se repone el líquido perdido, se produce un estado de deshidratación, que disminuye el rendimiento físico y puede generar consecuencias dañinas a la salud, razón por la cual recomienda mantener hábitos y pautas de hidratación adecuados antes, durante y después del desarrollo de actividades físicas o deportivas, a fin de activarlas enzimas que suministran energía, facilitar el transporte de nutrientes, vitaminas y minerales por el organismo, eliminar impurezas y toxinas, proporcionar soporte estructural a los tejidos y articulaciones y ayudar a regular la temperatura corporal.
Por último, el dictamen advierte que no debe soslayarse que con modificaciones al orden jurídico podría contribuir al cumplimiento de los objetivos del desarrollo sostenible denominados “Salud y bienestar” y “Agua potable y Saneamiento”, contenidos en la resolución de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas 70/1, “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el desarrollo Sostenible”, en la que se describe al deporte como un facilitador del desarrollo, factor que contribuye a hacer realidad del desarrollo y la paz, que promueve la tolerancia y el respeto y respalda el empoderamiento de las mujeres, los jóvenes, las personas y las comunidades.
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