“Hay ocasiones donde he hecho seis servicios en solo una hora y media y otras donde durante tres horas apenas alcanzo los seis pedidos”, explica Eduardo. Hace mes y medio entró a trabajar como repartidor de comida para la empresa DiDi Food, como una manera de complementar sus gastos.
Explica que en este trabajo hay días buenos y otros no tanto, para sacar una buena cantidad tiene que hacer -aunque sea de noche, madrugada o fines de semana- por lo menos 10 servicios, pues asegura que en esos horarios se gana más.
Antes trabajaba en una taquería, también como repartidor, pero la facilidad de horarios que le proporciona la aplicación fue lo que más le llamó la atención, ya que es estudiante de la carrera de Ingeniería Mecatrónica y por su horario de clases es complicado ajustarse a cualquier otro trabajo.
“Me gusta el trabajo porque yo precisamente manejó los horarios en que puedo trabajar. Por ejemplo, tengo unas horas libres entre 1 a 4 de la tarde y me voy un ratito antes de tener mi siguiente clase”, dijo.
Para ingresar a la fila de repartidores la aplicación pide como requisitos identificación oficial, licencia de manejo, -para el caso de un repartidor en motocicleta como lo es Eduardo- y tarjeta de circulación, porque se puede dar el servicio caminando o en bicicleta.
TRABAJA SIN SEGURIDAD SOCIAL
“Seguridad social no hay, están como pendientes, por ejemplo si llega a suceder algún accidente ya sea vehicular, sí podemos reportar y acuden, pero como tal no nos dan un tipo de registro”, mencionó.
No hay contratos de por medio ni seguridad social, excepto un seguro que brinda DiDi, por si el repartidor llegase a tener un accidente en el trascurso de la entrega.
Aunque no se encuentra completamente seguro de cómo funciona este beneficio, pues no lo ha tenido que usar desde que inició en el servicio a domicilio, sin embargo, se siente confiado de tener al menos algún tipo de seguridad por si lo llega a necesitar.
Hace apenas un año la empresa se unió con el Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo (ITDP) y la compañía de seguros Chubb, a través de Risco para crear un programa de seguridad enfocado en sus repartidores.
Pero este seguro no cubre los gastos si se llagara a contagiar de covid-19, así como no contempla los gastos extras de los accidentes, sólo brinda semanalmente un kit de cubrebocas y gel antibacterial para sus repartidores.
“Hace poco si me tocó un pequeño susto, donde un alimento no llegó bien, porque se dio un cerrón un vehículo y me tuve que dar un frenón y la mochila hizo de todo allá dentro y pues el alimento ya no estaba bien (…) y eso ya no se lo entregue y no se lo cobre y ya fue por mi cuenta, un costo mío”.
Pese a que existe otro protocolo en caso de cancelación de pedidos y cuando el servicio llega en mal estado por causas externas al repartidor, este solo se cubre si el pago fue hecho mediante tarjeta de crédito, si fue realizado en efectivo es el trabajador quien lo tiene que pagar, afectando su economía.
Paulatinamente DiDi ha modificado algunos requisitos que los repartidores deben de cumplir para poder trabajar, entre ellos un protocolo en caso de accidente, pero la mayoría de sus trabajadores no cuentan con prestaciones de ley como cualquier trabajo, esto porque no tienen ningún contrato que los pueda respaldar.
Aunque Eduardo ocupa el ingreso que obtiene para cubrir gastos extras, como una forma de ayuda a sus padres, admite que esta es una de las formas más fáciles de ganar dinero como estudiante.
“Me consta que es más riesgoso y más difícil para los estudiantes conseguir un empleo”, dice al referirse de algunas amistades que tienen que aceptar empleos, que al igual que él no cuentan con las prestaciones que la Ley Federal del Trabajo marca.
SUBCONTRATACIÓN EL PROBLEMA QUE SE DISFRAZÓ DE EMPLEO
Desde el mes de abril del 2021 el Ejecutivo hizo una reforma a la Ley Federal del Trabajo donde señala en el artículo 12 la prohibición de la subcontratación, con excepción de empresas y del gobierno, donde sólo podrán subcontratar servicios y obras especializadas que no formen parte de su objeto social o actividad económica preponderante.
Para el catedrático de la Universidad Veracruzana y vicepresidente del Colegio de Economistas del Estado de Veracruz, Jorge Antonio Acosta Cázares, la reforma vino a resguardar los derechos de los trabajadores.
“La problemática principal es que por lo general estas empresas de subcontratación no pagaban, en muchos casos, no en todas, no pagaban los derechos que tiene el trabajador conforme a ley, todas esas obligaciones que tiene el patrón, entonces esto violaba los derechos de los trabajadores”, aclaró Acosta Cázares.
Ahora los trabajadores que sean subcontratados en una empresa deberán recibir las prestaciones proporcionales que la ley establece, anteriormente el argumento que se manejaba para no erradicar la ley es que la subcontratación brindaba más empleos y al eliminar este modelo disminuiría la contratación de personal.
Pero el especialista asegura que las desventajas las padecía en mayor frecuencia los contratados, ya que no cubría los percances que pudieran surgir durante el horario laboral.
Después de la aplicación de esta ley donde elimina la subcontratación, las empresas tendrán 90 puedan realizar los ajustes a los que obligará la reforma y para que empleados como Eduardo puedan gozar de las prestaciones que por ley le corresponden.
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