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CEDH se desmarca de reforma a sanciones por ultrajes a la autoridad

Aclaran que la Comisión Estatal de Derechos Humanos se sujeta a la Constitución Política y a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Veracruz

Escrito en VERACRUZ el

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Veracruz (CEDHV) evadió opinar sobre la más reciente reforma al código penal en la que se sanciona a los ciudadanos que amenacen o agredan a elementos de cuerpos de seguridad, al incrementar la penalidad del delito de ultrajes a la autoridad.

En un comunicado, se menciona que la Comisión no puede ser consultada por particulares, instituciones o entidades sobre la aplicación de la ley en Veracruz, y es que abogados consideran que la reforma es violatoria a los derechos humanos, por lo que pidieron a la CEDHV pronunciarse al respecto.

El documento aclara que: la Comisión Estatal de Derechos Humanos es un Organismo Autónomo del Estado que se sujeta al imperio de la Constitución Política y a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para el Estado de Veracruz.

Tiene por objeto la protección, vigilancia, defensa, promoción, difusión, estudio y cualquier otro tema concerniente a los Derechos Humanos en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; así como garantizar a cualquier persona o grupo social no ser sujetos a ninguna forma de discriminación o exclusión a consecuencia de un acto de autoridad. 

“La ley que nos rige establece una serie de supuestos que determinan la incompetencia material de este Órgano, entre éstos, se encuentra la imposibilidad de atender consultas que formulen las autoridades, los particulares u otras entidades, sobre la interpretación de disposiciones constitucionales y legales, ni en aquellos casos en que se pueda comprometer o vulnerar su autonomía moral”.
 

Recordó que solo órganos jurisdiccionales, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son los responsables de realizar el control constitucional de los cambios de las leyes en los Estados. 

“No obstante, ello no implica un impedimento para que la CEDHV, en casos como el que motiva este comunicado, ejerza las atribuciones que, en la materia, la Constitución le confiere”, se plantea.

La CEDH, según el artículo 67 de la Constitución, tiene dentro de sus atribuciones el conocimiento y sustanciación de las quejas en contra de los actos u omisiones de naturaleza administrativa que violen derechos humanos, provenientes de cualquier autoridad o servidor público.

Recientemente la mayoría de la 65 legislatura aprobó modificaciones al código penal que sanciona como grave el delito de ultraje a la autoridad, que se configura cuando una persona amenaza o agrede a un policía o funcionario público.

A nivel nacional la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó inconstitucional sancionar ese delito por ser ambiguo. Abogados en la entidad han mencionado que con la más reciente actualización se podría vulnerar derechos humanos, como el de la libre manifestación.

La manera para que esa reforma se eche abajo implica: que 17 diputados locales o la Comisión Estatal o Nacional de Derechos Humanos presenten una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.

am