El caso de Sasha Sökol contra Luis de Llano generó una gran polémica en el medio de la farándula, pues resultó ser un reflejo de una arraigada costumbre de machismo y complicidad.
Pero el aspecto legal del caso resultó aún más importates porque luego de dos años de juicio, Sasha logró una sentencia favorable que condenó a Luis de Llano a una reparación del daño y emitir una disculpa pública. Además, ahora también se han publicado dos jurisprudencias que beneficiarán a las víctimas de violencia sexual con casos similares a los de Sasha.
Sasha denunció a Luis de Llano al acusarlo de que abuso de ella durante cinco años, comenando a partir de que ella tenía 14 años de edad.
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¿Cuál es la acusación de Sasha contra Luis de Llano?
La cantante ha contado que Luis de Llano abusó de su posición de poder (era su descubridor artístico, su jefe, su mánager) para establecer con ella una relación que se mantuvo oculta.
Luis de Llano fue el creador de la banda Timbiriche, en la que Sasha comenzó su carrera musical siendo todavía una niña. Sus padres, al darse cuenta de la relación que había entre el productor y ella, decidieron mandarla a estudiar a Bostón.
Pero aún ahí, Luis de Llano viajaba a escondidas para encontrarse con ella.
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Luis de Llano incluso llegó a confesar la naturaleza de su relación con Sasha en una entrevista con Yordi Rosado en la que aseguró que lo suyo fue "amor".
La entrevista, por cierto, fue borrada por orden de la Corte en la misma sentencia.
¿Cuáles son los dos benficios que logró Sasha para víctimas de violencia sexual?
A dos meses de la publicación de la sentencia a favor de Sasha, ahora la Suprema Corte de Justicia publica también las dos tesis que resultaron del juicio y que representan precedentes aplicables a casos similares.
La misma Sasha dio a conocer que la jurisprudencia ya fue publicada y se puede consultar en la página de la Corte.
"La Suprema Corte ya publicó las dos tesis de jurisprudencia que, a partir del 1 de septiembre, son obligatorias para todos los jueces y tribunales de nuestro país. La tesis 200/2025 establece que las relaciones impropias entre menores de edad y adultos constituyen un hecho ilícito al tratarse de violencia sexual. Por lo tanto, la víctima tiene derecho a reclamar indemnización".
Esta resolución le permitió a Sasha que su caso no fuera juzgado solamente bajo la figura de estupro, que suele aplicarse a la perversión que mayores de edad ejercen sobre menores. Esta normal es más laxa que la violencia sexual y carece, por ejemplo, de perspectiva de género.
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La segunda tesis resultó fundamental en el caso de Sasha, ya que habían transcurrido más de 20 años de los hechos, por lo que hubiera sido posible que Luis de Llano se apegara al hecho de que el delito de estupro prescribe (deja de perseguirse) después de ese tiemo. O al menos así era antes del caso Sasha. La cantante demostró lo contrario a partir de la tesis anterior: lo suyo no fue solamente estupro sino violencia sexual.
Sasha explicó: "La tesis 201/2025 determina que la acción para reclamar la indemnización es imprescriptible pues, de lo contrario, se violarían los derechos de acceso a la justicia".
En ese mismo mensaje publicado en su cuenta de X, Sasha celebró que la jurisprudencia se haya tramitado con celeridad y sin esperar al cambio de ministros.
"Esta aprobación hecha por la Primera Sala de la Suprema Corte se dio en la última sesión de su historia. Celebro que antes de partir, hayan sumado a su legado jurisprudencial estas herramientas que amplían los derechos de las víctimas y contribuyen a un sistema de justicia más humano".
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