CONGRESO LOCAL

Por esto, diputados consideran obsoleta la forma de castigar fraudes en Hidalgo

Los legisladores coinciden en que es necesario cambiar la forma en que se castigan los fraudes en Hidalgo

El Código Penal es obsoleto por esto.Créditos: LSR Hidalgo
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.— A pesar de ser uno de los delitos que más se denuncian en el Estado de Hidalgo, el fraude no posee una punibilidad propia, sino que se remite al artículo 203 del Código Penal del Estado para establecer la pena a la persona que cometa dicho ilícito, ante esta situación, diputados de Nueva Alianza, Morena y el Partido del Trabajo, presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal para que se establezca una pena de prisión de uno y hasta 12 años.

Los legisladores que plantearon la reforma, señalan que actualmente es complicado, pero sobre todo obsoleto remitir a otro artículo para establecer la punibilidad del delito. Cabe recordar, que según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) elaborada por el INEGI, el fraude es delito qué más se comete, pero no se denuncia.

La iniciativa tiene como objetivo dotar al tipo penal de fraude de su propia punibilidad mediante la adición de un artículo que cuantifique el valor de lo defraudado, para tener un tipo penal de fraude preciso con penas claras y no se tenga que a hacer una remisión al artículo 203 del tipo penal de robo para poder calcular la pena.

El delito de fraude, es un tipo penal muy específico que cuenta con diversas modalidades de esta acción principal, expuso el diputado Jesús Osiris Leines Medécigo, para que se presente es necesario que exista engaño o aprovechamiento por algún error en el que pudiese caer la persona defraudada, con el objeto de que el defraudador obtenga un bien ajeno o un lucro indebido.

Actualmente el Código Penal para el Estado de Hidalgo contempla el tipo penal del fraude en su artículo 213 y establece una remisión al artículo 203 del robo, para cuantificar la pena dependiendo del valor de lo defraudado, añadiendo una mitad, las modalidades del tipo penal del fraude en su artículo 214 y en su artículo 214 bis establece el llamado fraude familiar con su respectiva punibilidad.

Cámara de Diputados de Hidalgo | Foto: Especial

De ahí, que insistieron en que el delito amerita tener autonomía en su punibilidad, es decir, que no remita a ningún otro artículo, en este caso el de robo para establecer la pena, ya que siendo así se convierte al delito en un tipo penal complicado y arcaico.

En la iniciativa se propone sancionar el fraude desde un año, tres, seis, nueve, 12 años de prisión dependiendo del valor de lo defraudado, así como dos a ocho años de prisión cuando no fuere estimable.

Las sanciones también contemplan a quienes, en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera bienes a nombre de terceros, se le aplicará sanción de uno a cinco años de prisión y de 50 a 300 días de multa. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis y dictaminación.

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