LEY FEDERAL DEL TRABAJO

¿Cuánto deben pagarme si trabajo el lunes 20 de noviembre en Veracruz?

Este 20 de noviembre está marcado por la Ley Federal del Trabajo como feriado, con derecho a descanso con goce de sueldo

¿Cuánto deben pagarme si trabajo este lunes 20 de noviembre en Veracruz?.Créditos: Cuartoscuro
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XALAPA, VER.- Este lunes 20 de noviembre está marcado como día feriado. En México, oficialmente están marcados 7 días feriados de descanso obligado con goce de sueldo, sin embargo, la ley también contempla la opción de llegar a un acuerdo entre empleado y empleador, pero con un salario mayor. Aquí te explicamos cómo calcularlo si trabajas este próximo “puente” en Veracruz.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla también como días feriados aquellos en los que se celebra una fecha extraordinaria o cuando se da el cambio de presidente, que ocurre el 1 de diciembre cada seis años. Si un empleador o jefe hace trabajar al personal en los días de descanso obligado, debe cumplir con el pago extra a cada colaborador o colaboradora.

Ahora, ¿cómo calcular cuánto deben pagarme si trabajo el lunes 20 de noviembre? En primer lugar, los trabajadores y los patrones deberán determinarán el número de trabajadores que prestarán sus servicios. Después del acuerdo mutuo, los trabajadores estarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague el salario extra.

Independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, empleador deberá pagar un salario doble por el servicio prestado. El artículo 75 de la Ley Federal del trabajo así lo señala:

"Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado."

Lo anterior quiere decir que se recibirá el doble del salario normal por día. Por ejemplo, si por día el salario de la jornada normal es de 500 pesos, si trabajas el 20 de noviembre, recibirías entonces 1,000 pesos por prestar tus servicios.

La ley asigna a este día como fectivo con motivo de la conmemoración de la Revolución Mexicana el 20 de noviembre; se marca con descanso con goce de sueldo el tercer lunes de cada noviembre. Este 2023 el día marcado coincide con el día exacto de la conmemoración.

La LFT contempla en casos en los que dicho día festivo fuera en el día de descanso que cada día de la semana el trabajador descansa. El artículo 71 de la misma ley señala: “Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Lo anterior quiere decir, que si el día feriado llegara a ser el mismo día de descanso “normal”, el pago por trabajar ese día será del doble del salario de ese día, más un 25 por ciento de una jornada normal diaria, por lo menos. Retomando el ejemplo anterior, de tener una sueldo de 500 pesos por día, entonces ganarías por trabajar en esta situación 1,000 pesos, más 125 pesos, en total 1,025 pesos.