ARANCEL

El nuevo permiso que deberán tener dueños de edificios en Xalapa, desde el 23 de agosto

El ayuntamiento de Xalapa implementó un nuevo arancel que obliga a que los edificios en la ciudad no representen un riesgo para la ciudadanía

Nuevo impuesto en Xalapa para dueños de edificios comienza el 23 de agosto; te decimos de qué trata.Créditos: Xalapa Antiguo
Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER.- A partir del 23 de agosto de este año el Ayuntamiento de Xalapa implementará nuevas disposiciones en materia de Protección Civil, que le permitirá un aumento en los ingresos del Ayuntamiento. El martes 20 de agosto se publicó en la Gaceta Oficial del Estado el Reglamento de Protección Civil y Reducción del Riesgo de Desastres para el Municipio de Xalapa que, si bien garantiza que cada año se puedan programar recursos para la atención de emergencia ocasionadas por fenómenos meteorológicos o accidentes, también genera una nueva obligación tributaria a los dueños de edificios privados y públicos.

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Las nuevas disposiciones, dice el reglamento, involucran acciones solidarias para enfrentar las contingencias y sus efectos negativos, así como para recuperar en el menor tiempo posible las actividades productivas, económicas y sociales en caso de afectaciones en Xalapa.
 
Una de las nuevas disposiciones señala que la persona titular de la Presidencia Municipal tiene la obligación de incluir en la iniciativa de Ley de Ingresos y en el Proyecto de Presupuesto de Egresos, lo concerniente a la Protección Civil y la reducción del riesgo de desastres
 
Los programas, fondos y recursos destinados a la protección civil y la reducción del riesgo de desastres son prioritarios y de orden público e interés general. El documento detalla que por los servicios prestados en materia de Protección Civil el Ayuntamiento cobrará en UMAs los derechos que se establecen en la Ley de Ingresos del Municipio de Xalapa, que corresponda al ejercicio fiscal del año en curso.
 
A partir del viernes 23 de agosto:

"Los edificios públicos y privados deberán contar con un Dictamen Estructural emitido por especialista en la materia donde se garantice que las condiciones estructurales del inmueble sean óptimas para su funcionamiento, deberán garantizar los niveles de seguridad adecuados contra fallas estructurales, así como su comportamiento estructural en condiciones normales de operación, ya sea que se trate de edificaciones nuevas, de modificaciones, ampliaciones, reparaciones o demoliciones."

Dicho dictamen tendrá una vigencia de dos años y a partir del tercer año deberá ingresar un nuevo dictamen o anexar una Responsiva Técnica en alcance al dictamen emitido, signada por el dictaminador o perito especializado en la materia, así como por el sujeto obligado, especificando que el inmueble es seguro y no representa riesgo en su operación normal.

Lo anterior siempre y cuando el perito especialista en la materia no señale en el mismo la vigencia del dictamen en cuestión, o en su caso que el inmueble haya sufrido alguna modificación, "se susciten fenómenos perturbadores de origen natural o antropogénico, que altere y/o comprometa el buen estado y funcionamiento para lo cual fue diseñado dicho inmueble".

Almacenamiento de gas

En los casos en que la actividad productiva almacene o maneje gas natural, licuado o productos refinados del petróleo: se deberá contar con un Dictamen de Gas aprobatorio de las instalaciones, practicado por Unidad de Verificación acreditada por la Secretaría de Energía, a través del cual, se certifique que la instalación cumple con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

Ese Dictamen de Gas deberá contar con una vigencia de cinco años, y a partir del sexto año deberá ingresar un nuevo Dictamen o anexar una Responsiva Técnica (Adendum).

El reglamento que validó el Cabildo no establece el costo por la emisión del citado dictamen, tampoco establece las sanciones a las que se harán acreedores los empresarios o dueños de comercios, o instituciones que no acrediten los dictámenes.

fm