XALAPA, VER.- Este miércoles 29 de octubre se publicó en la Gaceta Oficial del Estado la creación de la Unidad de Inteligencia Patrimonial, Económica y Fiscal, dependiente de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), que funcionará como una unidad técnica de análisis e inteligencia patrimonial.
El decreto que se publicitó en la Gaceta Oficial del Estado viene a suplir a la Unidad de Inteligencia e Investigación de Delitos Fiscales que se había creado en abril del 2025 y que se publicó en la Gaceta Oficial 162. La unidad que se había creado estaba orientada a la investigación directa de delitos fiscales y lavado de dinero, con facultades de denuncia ante el Ministerio Público.
En el caso del decreto de este miércoles el enfoque es más administrativo y analítico, centrado en la recolección, análisis y cruce de información patrimonial y económica; no actúa directamente como instancia persecutora, sino como ente auxiliar de la Procuraduría Fiscal.
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¿Qué área desaparece?
El decreto de abril usa el término “investigación de delitos”, lo que implica facultades de tipo penal y tenía autonomía operativa; en el nuevo decreto se sustituye esa figura por “inteligencia patrimonial y económica”, más cercana a la fiscalización preventiva y al intercambio de información y se tendrá que coordinar con la Procuraduría Fiscal.
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Al modificar el alcance de la unidad de reciente creación, se tendrá una unidad de inteligencia económica y patrimonial, que coadyuvará, informará y aporta datos a la Procuraduría Fiscal, sin incurrir en acciones de persecución. La Unidad de Inteligencia Patrimonial, Económica y Fiscal busca integrar la información patrimonial y financiera para detectar irregularidades y apoyar investigaciones, sin atribuirse competencia penal.
¿Qué dice el nuevo decreto?
- Crea la Unidad de Inteligencia Patrimonial, Económica y Fiscal, que dependerá directamente de la persona titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, y podrá:
- Solicitar, recibir, recabar, obtener, analizar, procesar y consolidar información patrimonial, económica y fiscal, así como cualquier otra información de utilidad de personas físicas y morales, para la generación de productos de inteligencia.
- Estos productos se entienden como los resultados finales del proceso de análisis de datos significativos que permitan identificar y dar noticia a la Procuraduría Fiscal de hechos con apariencia de delito y/o de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en el ámbito de la entidad y previstos en la legislación estatal y demás disposiciones aplicables, a fin de proteger el orden socioeconómico y el sano desarrollo de la economía del Estado.
- Colaborar con dependencias y entidades de los distintos órdenes de gobierno, en apego a las disposiciones legales aplicables y en términos de los convenios, acuerdos o instrumentos jurídicos de colaboración o coordinación celebrados —y sus anexos respectivos— en los procesos de identificación, inteligencia y combate de conductas que pudieran favorecer, prestar ayuda o cooperación de cualquier especie para la comisión de delitos fiscales, los que involucren operaciones con recursos de procedencia ilícita o estén relacionados con los mismos.
- Gestionar la autorización respectiva ante las instancias correspondientes, en el ámbito de su competencia y en coordinación con la Procuraduría Fiscal, para asistir en la celebración, implementación y vigilancia del cumplimiento de convenios, acuerdos o instrumentos jurídicos de colaboración o coordinación, y de sus anexos respectivos, con dependencias y entidades de los distintos órdenes de gobierno que resulten necesarios para el intercambio de información y el ejercicio de sus atribuciones.
- Informar y aportar todos los medios de información pertinentes a la Procuraduría Fiscal sobre hechos con apariencia de delito de los que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus atribuciones y como resultado de sus productos de inteligencia, para que la Procuraduría Fiscal interponga ante el Ministerio Público competente las denuncias o querellas, coadyuve en su caso con el Ministerio Público, ejerza las atribuciones que se deriven de la legislación aplicable y dé seguimiento a las mismas hasta la emisión de resolución definitiva.
- Generar informes, reportes estadísticos y de inteligencia, así como mapas que identifiquen factores de riesgo, patrones inusuales, comportamientos o tendencias que permitan prevenir e identificar la probable comisión de hechos delictivos en el marco de las atribuciones de la Unidad de Inteligencia Patrimonial, Económica y Fiscal.
vtr
