BIENESTAR

Estos son los requisitos para la pensión de personas con discapacidad en Veracruz

El delegado Manuel Huerta Ladrón de Guevara dio a conocer los requisitos que se necesitan para poder solicitar este apoyo

Créditos: Cuartoscuro
Escrito en VERACRUZ el

XALAPA, VER.- El pasado 12 de junio, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez anunció que el próximo mes, en el estado de Veracruz, iniciará el pago universal de la Pensión del Bienestar para Personas con Discapacidad, tras el aporte de la mitad del recurso por el gobierno estatal.

Tras esta noticia, el delegado de programas para el Bienestar, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, dio a conocer los requisitos que se necesitan para poder solicitar dicho apoyo, sin embargo, hasta el momento no hay una convocatoria abierta para postularse.

De acuerdo con el delegado, próximamente se dará a conocer la convocatoria para que veracruzanas o veracruzanos con alguna discapacidad, puedan ser acreedores a este recurso, el cual, ahora será financiado una parte por el gobierno estatal.

Manuel Huerta señaló que solo están a la espera de la firma de convenio entre el gobierno estatal y federal para que así pueda ser universal el apoyo a personas con discapacidad en la entidad, es decir, cualquier persona de cualquier edad, desde niños hasta adultos mayores, puede solicitar este recurso.

Estos son los requisitos que debes tener a la mano para solicitar la pensión para personas con discapacidad:

  • Acta de nacimiento legible
  • Identificación oficial vigente (Credencial de elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad).
  • CURP (impresión reciente)
  • Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses (teléfono, luz, gas, agua o predial)
  • Certificado de discapacidad emitido por alguna institución pública de salud
  • Teléfono de contacto

 

Requisitos de una persona adulta auxiliar:

Una persona adulta auxiliar es aquel familiar de la persona con discapacidad, en cualquier grado ascendente o descendente, es decir, madre, padre, hermano, entre otros); cónyuge o persona con la que viva en concubinato; persona tutora o responsable del cuidado de la persona con discapacidad. También, podrá ser una persona designada por la persona derechohabiente que así lo desee sin tener parentesco alguno.

  • Acta de nacimiento
  • Documento de identificación vigente (credencial para votao, pasaporte, INAPAM o documento que acrediten identidad expedida por la autoridad correspondiente).
  • CURP
  • Comprobante de domicilio o constancia de residencia de la autoridad local
  • Documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad permanente.

 

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