Pachuca.— La diputada morenista, Cynthia Citlali Delgado Mendoza, presentó una iniciativa de reforma constitucional con la que se pretende frenar la duplicidad de funciones y percepciones salariales de docentes que, al mismo tiempo, ocupan cargos de elección popular en los ayuntamientos.
De acuerdo con la legisladora, actualmente existe un vacío legal que permite a maestras y maestros mantener su plaza con goce de sueldo mientras desempeñan funciones como regidores, síndicos o presidentes municipales.
Esta situación —explicó— ha generado la percepción de un doble salario con cargo al erario, lo que a su decir vulnera los principios de transparencia, imparcialidad y eficiencia en el servicio público.
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La iniciativa plantea modificar los artículos 100, 128 y 156 de la Constitución local para precisar que las y los trabajadores de la educación deberán solicitar licencia sin goce de sueldo cuando asuman un cargo en el ayuntamiento, o bien, limitar su participación únicamente a actividades docentes no remuneradas.
En su exposición de motivos, Delgado Mendoza señaló que, según datos de la Secretaría de Educación Pública, más de 600 docentes en la entidad ocupan simultáneamente cargos municipales, de los cuales alrededor de 130 son regidores o síndicos.
“La ciudadanía tiene derecho a representantes dedicados de lleno a sus responsabilidades. Dividir la atención entre dos funciones afecta la calidad del servicio público”, sostuvo.
Delgado Mendoza subrayó que la iniciativa no pretende restringir los derechos políticos del magisterio, sino establecer reglas claras para garantizar la ética y la rendición de cuentas. Además, aclaró que la reforma no tendrá efectos retroactivos y aplicará únicamente a los ayuntamientos que se integren tras el próximo proceso electoral.
Con estas modificaciones se busca homologar la legislación estatal con otros preceptos que ya contemplan la incompatibilidad de empleos remunerados para servidores públicos, preservando únicamente actividades académicas, científicas o de beneficencia de carácter no lucrativo.
Responde diputada de Nueva Alianza
Aunque no se puede someter a discusión la presentación de una iniciativa, sino hasta después de que se turna a las comisiones, la diputada de Nueva Alianza, Mónica Leanett Reyes Martínez, calificó de “lamentable” la propuesta presentada por la legisladora de Morena y evidenció a su compañera de haber abandonado el salón de plenos y no quedarse hasta el final de la sesión.
Cuestionó ¿por qué se busca limitar la participación de las y los trabajadores de la educación? y ella misma respondió que “lejos de representar un conflicto de interés, aportan experiencia y vocación de servicio que enriquece la gestión pública. Yo quiero ver cuando le planteen a un médico participar como candidato a regidor en algún municipio y que le digan que tiene que cerrar su consultorio para dedicarse de lleno al servicio público, o aún peor, a un empresario, a un mecánico o a cualquier persona de la sociedad civil, porque entonces sí es así el criterio, debería de ser parejo para todos”.
Finalmente, consideró que tienen derecho de participar de manera activa en la vida democrática y política del país.
Los artículos que plantea la iniciativa
Artículo 100.- …
- Ningún funcionario o funcionaria judicial podrá tener ocupación o empleo diverso, con excepción de las actividades docentes no remuneradas y siempre que su desempeño no perjudique las funciones o labores propias de su cargo.
Artículo 128.- …
- V.- No desempeñar cargo o comisión del Gobierno Federal, Estatal o Municipal, en la circunscripción del municipio, a menos que se separen de aquéllos cuando menos con sesenta días naturales de anticipación al día de la elección, a excepción de las y los trabajadores de la educación, quienes hasta el momento de tomar protesta del cargo y durante el tiempo que este dure, deberán solicitar licencia en sus funciones remuneradas o bien, podrán desempeñar únicamente actividades de servicio educativo de carácter no remunerado, siempre que su desempeño no perjudique las funciones o labores propias de su cargo.
Artículo 156.- …
- Todo cargo o empleo público de la Entidad es incompatible con cualquiera otro del Estado, cuando por ambos se perciba sueldo, excepto en el caso de actividades de beneficencia o actividades docentes de carácter no remunerado.
sjl
