Pachuca.— La revocación de mandato es un ejercicio en el que la ciudadanía decide democráticamente si desea que el titular del Poder Ejecutivo continue o no en su cargo. En su momento, el expresidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se sometió a ella, mientras que, en su segundo informe, el gobernador de Hidalgo, Julio Menchaca Salazar, anunció que también lo hará, para cumplir lo que está establecido por la ley.
El artículo 7 de la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Hidalgo precisa que “procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al diez por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores” de la entidad.
La lista nominal para el reciente proceso electoral en la entidad fue de 2 millones 386 mil 302 personas, por lo que, 238 mil 630 ciudadanos deben solicitar este ejercicio. El artículo 57 de dicha ley también establece una votación de al menos el 40 por ciento de la lista, es decir, más de 950 mil personas, que sea válida.
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Para realizar la revocación de mandato es obligatorio que haya una partida asignada en el Paquete Hacendario 2025, al respecto, el presidente de la Junta de Gobierno del Congreso de Hidalgo, Andrés Velázquez Vázquez, confirmó que sí existe tal presupuesto debido a que el gobernador Julio Menchaca lo consideró.
¿Cuánto cuesta la consulta?
El Congreso local tiene hasta el próximo 22 de diciembre para aprobar el Paquete Hacendario para el ejercicio fiscal 2025. Velázquez Vázquez descartó dar un monto aproximado de cuánto es el presupuesto considerado para la revocación de mandato.
“Efectivamente, el gobernador mandó la iniciativa de la revocación de mandato, que, obviamente, tiene un costo. Debo de ser sincero, ese dato lo trae el diputado (Miguel) Moreno, no quisiera yo mentirles o manejar un número por salir del paso, no lo tengo preciso, pero él sí lo trae muy claro”, subrayó el también coordinador de bancada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en el Congreso de Hidalgo.
¿Cuáles son los plazos?
Aunque no hay una fecha específica para este ejercicio, el artículo 9 de la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Hidalgo establece: “la revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores, contados a partir del día siguiente a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado por votación popular”.
Es decir, podría llevarse a cabo hasta después del tercer informe de gobierno de Julio Menchaca Salazar, en septiembre del próximo año.
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