PAQUETE DE REFORMAS

Adiós a las adjudicaciones directas; presenta Menchaca reformas anticorrupción

La propuesta de reforma a la ley de adquisiciones prohíbe que se fraccione en partidas presupuestales la contratación de una misma obra y adjudicaciones directas de contratos

Julio Menchaca, gobernador de Hidalgo.Créditos: LSR Hidalgo
Escrito en HIDALGO el

Pachuca.— El gobernador Julio Menchaca envió al Congreso local una serie de reformas anticorrupción en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; obras públicas y servicios relacionados con las mismas, transparencia y acceso a la información pública gubernamental.

Además, de un decreto de la creación de la Ley de Entrega Recepción del Estado de Hidalgo, cuyo objetivo es establecer las bases generales que regirán los servidores públicos de las dependencias y entidades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos públicos autónomos, los municipios y las entidades paramunicipales del estado.

De esta forma, se busca que cumplan su obligación de entrega-recepción de los recursos humanos, materiales, financieros, informáticos e información asignada a aquellas personas que las sustituyan, con motivo de la conclusión de su empleo, cargo o comisión.

Adiós a las adjudicaciones directas

La propuesta de reforma a la Ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público del estado de Hidalgo, destaca la prohibición de que en los procedimientos de contratación se fraccione el recurso y el procedimiento se lleve a cabo a través de contratación por adjudicación directa.

Por el contrario, fomenta el crecimiento económico del Estado y la libre competencia, abriendo la participación a las pequeñas y medianas empresas (Mipymes). Con ello, se busa fortalecer el padrón de proveedores para asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

Otra propuesta del gobernador Julio Menchaca es la creación del Registro de Proveedor -Emprendedor, el cual está dirigido a las personas físicas que deseen emprender y acceder a procedimientos de contratación por un monto de mil 800 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).

Además, se precisa que la vigencia en el registro de proveedor - emprendedor será de dos años sin opción a revalidación, y se incluye como uno de los requisitos para inscribirse al referido padrón de proveedores, que las personas interesadas cuenten con una política de “integridad empresarial”.

Cámara de Diputados de Hidalgo | Foto: Especial

El proveedor – emprendedor deberá de presentar la cédula de identificación fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el que se demuestre que cuenta con trabajadores con discapacidad en una proporción del cinco por ciento de la totalidad de empleados.

Otra propuesta de modificación es que se reconfigura la integración del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Poder Ejecutivo, proponiendo esta integración a los titulares de Oficialía Mayor, Secretaria de Hacienda, Unidad de Planeación y Prospectiva, Secretaría de Contraloría, Secretaría de Gobierno, un representante de la Dirección General de Compras Públicas de la Oficialía Mayor y un representante del área solicitante de los bienes, arrendamientos o servicios con conocimientos técnicos suficientes.

Organismos y unidades de la administración

En cuanto a la reforma a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Hidalgo, se busa incluir a los organismos y unidades administrativas de los Poderes Legislativo y Judicial, con la finalidad de que a través de los entes y personas servidoras públicas, estén facultados para ejercer los recursos en materia de obra pública que le son autorizados y se encuentren obligados a observar la propia ley.

Gobierno del estado de Hidalgo | Foto: Especial

También, se garantiza que los procesos de contratación sean transparentes y tengan el debido seguimiento por parte de la contratante, con el respaldo de un Comité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, el cual intervendrá en cada uno de los procesos, tal y como sucede con las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.

Implementa como requisito, para la obtención del registro en el Padrón de Contratistas de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, el contar con una política de integridad empresarial, la cual deberá cumplir con los elementos que emita la Secretaria de Contraloría.

Un planteamiento a destacar es que se otorga la posibilidad de “asociación y alianza de las empresas”, para realizar las obras magnas en Hidalgo; también, señala que los Entes Públicos sólo podrán celebrar contratos de obra pública, con las personas físicas o morales que cuenten con la especialidad correspondiente.

Acta de entrega física y finiquito

Otro planteamiento es la incorporación de mecanismos de control para la recepción de obras, al señalar que se levantará “acta de entrega física” de los trabajos por parte del contratante y contratista, así como elaborar la estimación final y el acta finiquito.

Con ello se plantea la disminución de las irregularidades en las que pudiera incurrir un ente público, evitando se realicen observaciones documentales y administrativas por parte de los ejecutores, a efecto de dinamizar la conclusión formal de las obras.

En cuanto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, en la reforma se amplía el espectro de responsabilidad con el que cuenta en la actualidad el Poder Ejecutivo de Hidalgo como sujeto obligado, desagregándola hacia las dependencias de la administración pública centralizada y entidades.

También, se incorporar que por cuanto hace al Poder Ejecutivo, la secretaria de Contraloría fungirá como instancia coordinadora al interior de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal, para la implementación de lineamientos que permitan dar el seguimiento de políticas, criterios y acciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Ley de entrega recepción para el estado de Hidalgo

Esta Ley que se propone crear consta de 46 artículos, divididos en 7 capítulos que conforman tres títulos y cuatro artículos del régimen transitorio; con ello, se busca garantizar un marco institucional eficiente y armónico para el proceso de entrega recepción, con orden en la transferencia de información de interés público.

sjl