SEGURIDAD

Hasta la cárcel podrías ir; estas son las multas por el uso de pirotecnia en Hidalgo

El uso de material pirotécnico está regulado por Ley, conoce las sanciones que corresponden y evita una multa o tragedia durante estas fiestas decembrinas

Conoce las sanciones y multas en Hidalgo por el uso de material pirotécnico.Créditos: Imagen ilustrativa / Collage
Escrito en HIDALGO el

PACHUCA.- Comienzan las fiesta de fin de año, posadas, Navidad, Día de la Virgen de Guadalupe, peregrinaciones, Día de Reyes. En fin, diciembre es sinónimo de celebración y para algunos mexicanos no hay mejor complemento que el uso de pirotécnica para “enaltecer” estas festividades llenas de color y alegría. No obstante, el mal manejo de este material explosivo ha generado cientos de muertes.

En el último acontecimiento, en el municipio Santiago de Anaya en el estado de Hidalgo, 5 personas murieron y 3 más resultaron con lesiones de gravedad tras explotar una vivienda ubicada en la comunidad La Blanca donde fabricaban y almacenaban este tipo de material pirotécnico; que cabe mencionar por ley está prohibido y lo hacían de manera clandestina.

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Como este, hay otros casos que lo anteceden. Y si bien, los fuegos artificiales y cohetes dan luz, colorido y vida a toda festividad deportiva, religiosa o cultural; debes de saber que existe una Ley Federal de Pirotecnia que regula la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, transportación y comercialización de materias y artificios pirotécnicos. A continuación te contamos los detalles.

Atención con el uso de material pirotécnico durante estas fiestas decembrinas en Hidalgo Foto. Archivo Ilustrativo

¿Qué dice la Ley sobre la pirotecnia?

En la Ley, la pirotecnia es todo aquel objeto deflagrante, sonoro, luminoso o calorífico, elaborado a partir de sustancias químicas que de manera artesanal o industrial pueden tener aplicación lícita en diferentes actividades. Mientras que las materias pirotécnicas, refiere a toda sustancia que por sí sola, mezclada o compuesta, tenga propiedades detonantes, fulminantes, caloríficas, sonoras, gaseosas o sea susceptible de emplearse como su precursora, cuyo fin sea la fabricación de artificios pirotécnicos, así como los instrumentos de la construcción que utilizan pólvora para su funcionamiento. Estas materias están publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como Normas Oficiales Mexicanas (NOM).

La Ley busca regular el uso de material pirotécnico para evitar accidentes Foto. Archivo 

¿Hay sanciones por el mal uso de la pirotecnia?

De acuerdo con el Artículo 66 de la Ley, la sanción por el mal uso de la pirotecnia va de 10 a 50 días de salario mínimo diario vigente. En 2023 el salario mínimo es de 207.44 pesos diarios; sin embargo, este 1 de diciembre el gobierno federal anunció para todas las entidades un aumento de 20 por ciento; es decir, 249 pesos, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2024.

  • Las sanciones se aplican a quienes almacenen materias y artificios pirotécnicos en lugares no autorizados para tal efecto.
  • Para las personas que posean material pirotécnico para comercializar sin el permiso correspondientes.
  • Habrá multa si se incumple con la presentación de informes a que se refiere esta Ley: obligaciones señaladas en esta Ley o su reglamento, que no configure un delito.
  • Multa para quien venda artículos pirotécnicos a menores de edad.
La Ley sancionará a quien venda, almacene o fabrique material pirotécnico sin los permisos correspondientes Foto. Archivo

¿Puedo ir a la cárcel?

De acuerdo con el Artículo 67 de la presente Ley, se impondrá de un mes a 2 años de prisión y de 50 a 200 días de salario mínimo vigente a quien:

  • Fabrique, almacene, importe o exporte materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente.
  • Disponga indebidamente de las materias y artificios pirotécnicos con que se haya dotado a su permiso.
  • Administre locales de fabricación, almacenamiento o demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas por esta Ley, sin sujetarse a las condiciones de seguridad a que estén obligados.
  • Realice el transporte de materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente o mediante empresas no autorizadas;
  • Enajene materias y artificios pirotécnicos sin el permiso que corresponda, de conformidad con esta Ley y su reglamento.
Evita la compra y venta de pirotecnia durante estas fiestas decembrinas Foto. Archivo

Inician operativo anti pirotecnia en mercados de Pachuca

El alcalde de Pachuca Sergio Baños realizó en la semana un recorrido al mercado Primero de Mayo, ubicado en el Centro de la Ciudad, a fin de informar a los comerciantes del tianguis la prohibición de venta de juegos pirotécnicos en esta temporada decembrina; esto con la intención de evitar accidentes fatales por el manejo de explosivos, tal como el que ocurrió hace dos días en el municipio de Santiago de Anaya, donde murieron 5 personas y tres resultaron lesionadas. En el lugar, dijo a los comerciantes que habrá cero tolerancia a los vendedores. Durante el recorrido, amonestó a dos comerciantes que ofrecían juegos artificiales. Sin embargo, no se les decomisaron sus productos, sólo se les invitó a no venderlos.

“Hoy me acompaña Thanos, nuestro oficial canino quien junto con oficiales trabajaremos de la mano para detectar cualquier tipo de pólvora. Estaremos haciendo estos recorridos de forma aleatoria, no tendrá ni horario y en cualquier tipo de establecimiento que tengamos una denuncia o también en los mercados”, expresó.

También, invitó a los comerciantes que tengan pensado invertir en cualquier tipo de cohetes o pirotecnia “no lo hagan, porque simple y sencillamente se le va a decomisar”, dijo el alcalde de Pachuca.

jgp