CONGRESO LOCAL

Hidalgo tendrá gubernatura de 2 años y reelección de alcaldes, aprueba Congreso

La intención es que en 2030 haya un empate de elecciones de ayuntamientos, diputados locales y federales, senadores y presidente de la República

Escrito en HIDALGO el

PACHUCA. - Por primera y única ocasión la siguiente gubernatura en Hidalgo, que se elegirá en el 2028, durará dos años; esto con la intención que en 2030 haya un empate de elecciones de ayuntamientos, diputados locales y federales, senadores y presidente de la República. 

Esto pese a la negativa de los ocho diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quienes, a través de su coordinador de bancada presentaron una reserva al artículo 4 Transitorio, en el cual se buscaba descartar la gubernatura de dos años. 

Durante la última sesión del Congreso Local de Hidalgo de este 2022, también se avaló la reducción de cuatro a tres años el periodo administrativo de los 84 ayuntamientos, con posibilidad de repetir en el encargo por un periodo adicional consecutivo (reelección).

El aval de esta Reforma Electoral a la Constitución Política del Estado de Hidalgo, se hizo con 28 votos; esta iniciativa fue presentada hace unos meses por el gobernador del estado Julio Menchaca Salazar, la cual busca que, con el empate de elecciones, se genere un ahorro sustancial.

“La cantidad de recursos erogados en procesos anteriores, mismos que, conforme la actual configuración electoral se traducen en un gasto excesivo que pudieran aprovecharse para no sólo atender una única elección”, expresaron. 

De acuerdo al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, para las elecciones de Ayuntamientos en 2020 se destinaron 448 millones 605 mil 490 pesos; mientras, para la elección de gobernador en 2022 402 millones de pesos; sumando estas cantidades, resulta un aproximado de $702 millones de pesos del gasto público, detallaron.

REELECCIÓN DE AYUNTAMIENTOS 

La modificación al artículo 125 constitucional, establece que las personas electas popularmente que ocupen el cargo de presidentes municipales, síndicos y regidores de los ayuntamientos, podrán ser electos por un periodo adicional consecutivo. 

Sin embargo, esta postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. 

En el caso que las personas que integran a los ayuntamientos y que sean electas como independientes, podrán postularse para la elección consecutiva solamente con su misma calidad y no podrán ser postuladas por un partido político, salvo que demuestren su militancia a ese partido político antes de la mitad de su mandato.

La modificación al artículo 127, se establece que los ayuntamientos duraran en el encargo tres años, y no cuatro años (como actualmente está establecido) y tomarán posesión el 5 de septiembre del año de la elección.

GUBERNATURA DE DOS AÑOS 

Finalmente, en el artículo 4 transitorio, se establece que por única ocasión, la Gobernadora o el Gobernador que resulte electo el primer domingo de junio de 2028, durará en su cargo dos años, por lo que tomará posesión de su encargo el 5 de septiembre de 2028 y lo concluirá el 4 de septiembre de 2030.

mai