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Infonavit: 4 seguros a los que puedes acceder si tienes un crédito

Si se presenta una eventualidad tuya o de un familiar, y tienes un crédito con el Infonavit, esto es lo que debes saber

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Si debido a un accidente o enfermedad que te incapacite tienes que dejar de trabajar y no puedes pagar las mensualidades de tu crédito, antes de que caigas en crisis, debes saber que el Infonavit tiene algunos seguros que podrían ser de gran utilidad para que mantengas tu patrimonio y tu tranquilidad. Porque seguro estamos que pensar en la posibilidad de un accidente, de una emergencia o de que de un día a otro no puedas trabajar es casi una pesadilla.

Pero la mejor manera de estar listos para un imprevisto es estar prevenido y saber cómo podemos proteger el patrimonio y a la familia. Si sufres un percance que te deje incapacitado para trabajar, tienes un crédito para vivienda otorgado por Infonavit y todo indica que te será imposible seguir pagando, entonces debes acercarte al Instituto.

Checa estos seguros

1.- Seguridad por incapacidad o incapacidad total permanente:

Si llegas a tener una incapacidad total permanente o una incapacidad por invalidez definitiva, el Infonavit tiene una prórroga promocional de hasta por dos años en que no tendrás que pagar ni se generarán intereses.

Requisitos: 

  • Contar con un dictamen de incapacidad total permanente emitido por el IMSS, ISSSTE o Profedet. El dictamen debe señalar de forma clara que se trata de una incapacidad total permanente de lo contrario no se podrá liberar el crédito.
  • Presentar original y copia de la identificación oficial vigente (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte).

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2.- Seguro por incapacidad parcial permanente:

Si presentas una incapacidad parcial permanente del 50% o más, el Infonavit apoya a los cuentahabientes con una prórroga de hasta por 2 años en la que no tendrás que pagar ni se generarán intereses.

¡Ojo! Debes contar con un dictamen de incapacidad parcial permanente del 50% o más, emitido por el IMSS, ISSSTE o Profedet. El dictamen debe señalar de forma clara que se trata de una incapacidad parcial permanente del 50% o más, de lo contrario, no se podrá aplicar.
Presentar original y copia de la identificación oficial vigente (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte).
Debes solicitar una prórroga promocional de hasta por 2 años.
Si al término de los 2 años no vuelves a tener una relación laboral y cumples con los requisitos establecidos, podrás solicitar la liberación de tu hipoteca.

3.- Seguro por defunción:

En caso de fallecimiento, el Infonavit provee un seguro para que tus familiares soliciten la liberación del adeudo. Ten en cuenta que no es necesario que el crédito se encuentre al corriente en sus pagos.

Pasos para solicitarlo, tu beneficiario(a) deberá:

Llamar a Infonatel y solicitar un número de caso contando con la siguiente información:
Número de Seguridad Social (NSS) del acreditado o número de crédito.
Original y copia de:
Identificación oficial* y acta de defunción del acreditado(a).
Identificación oficial* y acta de nacimiento de la persona solicitante.
En caso de fallecimiento en el extranjero: acta de defunción apostillada.
*Identificación oficial: INE/IFE, cédula profesional o pasaporte.

4.- Seguro de calidad:

Si compraste una vivienda nueva a través de un desarrollador después del 18 de junio de 2018, cuentas con un “Seguro de Calidad de la Vivienda”, siempre y cuando:

  • Se haya empezado a construir a partir del 18 de junio de 2018.
  • La haya construido una aseguradora autorizada por el Infonavit.
  • La hayas adquirido con tu primer Crédito Infonavit (tradicional). No aplica para créditos en cofinanciamiento.
  • Este seguro cubre los siguientes daños por vicios ocultos (defectos de suelo, errores de cálculo de la construcción o de diseño estructural, etc.):
  • Daños en la estructura del inmueble – Por 10 años posteriores a la formalización del crédito.
  • Problemas en impermeabilización – Por 5 años posteriores a la formalización del crédito.
  • Defectos en instalaciones hidrosanitarias y eléctricas – Por 2 años posteriores a la formalización del crédito.
  • Cuando se use la póliza de seguro, la aseguradora es quien cubrirá el costo, por lo que NO necesitas pagar deducible ni coaseguro. El importe a entregarte será hasta “el límite del valor de reposición”, es decir, el importe que permita cambiar “lo viejo por lo nuevo”, de acuerdo con las especificaciones de la póliza.