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¿Cuánto es lo máximo que puedes retirar de tu afore por matrimonio?

Si estás próximo a casarte o ya diste este gran paso en tu vida, puedes solicitar tu Retiro por Gastos de Matrimonio

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El Retiro por Gastos de Matrimonio es un beneficio al que tienes derecho por estar afiliado a una Afore y este te permite realizar un retiro parcial de tu Cuenta Individual, el monto que podrás retirar es el equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha en la que realizaste tu matrimonio civil.

¿UMA?

El valor diario de la Unidad de Medida y Actualización UMA es de 96.22 pesos mexicanos; el valor mensual de 2 mil 925.09 pesos y el anual de 35 mil 101.08 pesos; estos valores entran en vigor a partir del 1° de febrero de 2022, informó el Inegi.

¿Qué requisitos debes cumplir para este beneficio?

  1. Haber contraído matrimonio después del 1º de julio de 1997, también es indispensable contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas contadas al momento del matrimonio Civil.
  2. Esta prestación sólo puede hacerse válida una vez, por lo que es requisito no haber obtenido este beneficio con anterioridad.
  3. Tener completo tu Expediente de Identificación.
  4. En caso de que no estés laborando y celebraste tu matrimonio dentro de los 90 días hábiles a partir de tu baja ante el IMSS, podrás solicitar este beneficio.

Deberás presentar la siguiente documentación en original:

  • Identificación Oficial vigente: INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla Militar y Formato Migratorio FM2 o FM3.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad.

  • Acta de Matrimonio.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria, no mayor a 3 meses de antigüedad (opcional).

Recuerda que…

Si tu cónyuge cumple con los requisitos anteriormente mencionados, también puede solicitar su Retiro por Gastos de Matrimonio realizando su propio trámite.
El saldo que te será entregado proviene de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a tu Cuenta Individual.
Podrás efectuar este trámite únicamente después de haber celebrado tu matrimonio civil y solamente podrás hacer uso de él una vez en la vida.
Si anteriormente registraste como beneficiario a otro cónyuge, deberás confirmar ante el IMSS la disolución tu vínculo matrimonial o bien, el fallecimiento.
No se descuentan semanas de cotización al solicitar esta prestación.

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